Un peligro para la democracia

La magistrada Ana Virginia Calzada advirtió a los diputados sobre el peligro implícito en el proyecto de reforma de la jurisdicción constitucional

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

La magistrada Ana Virginia Calzada, presidenta de la Sala Constitucional, advirtió el martes a los diputados de la Comisión de Asuntos Jurídicos y al país en general sobre el grave peligro para la democracia implícito en el proyecto de reforma de la jurisdicción constitucional, cuyo resultado neto sería el debilitamiento de la tutela de los derechos consagrados en la Carta Magna.

La Magistrada no titubeó a la hora de señalar la pléyade de defectos incorporados a la reforma y el peligroso recorte de las facultades de la Sala IV. Este diario ya había advertido de la amenaza y sus señalamientos encuentran hoy confirmación en la autorizada voz de la presidenta de la cámara judicial.

El miércoles de la semana pasada, el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Luis Paulino Mora, también ofreció a los diputados sus puntos de vista, menos enfáticos, pero plenamente coincidentes con los de la magistrada Calzada. Mora, como Calzada, respalda la reorganización de la Sala en dos cámaras y otras medidas destinadas a incrementar la eficiencia y acelerar la tramitación de los asuntos, pero cuando se le consultó sobre la eliminación del derecho ciudadano de acudir a la Sala en procura de protección para intereses difusos, el tono de su exposición se tornó tajante.

Mora manifestó con claridad su desacuerdo con esa propuesta y también con la intención de limitar las potestades de la Sala para suspender la ejecución de actos administrativos. Las críticas del Presidente de la Corte se extendieron a otros aspectos del proyecto.

“El ciudadano debe tener la posibilidad de ir a la jurisdicción constitucional y no le deberíamos cerrar la puerta. El hacer más expedita la tramitación es conveniente, pero no evitar que el ciudadano pueda recurrir a la jurisdicción constitucional para plantear sus temas”, dijo Mora en una frase reveladora de su clara comprensión de las consecuencias de la reforma. En efecto, el proyecto pretende limitar, por varias vías, el acceso de los ciudadanos a la jurisdicción constitucional y restringir los efectos de las resoluciones de la Sala cuando sean favorables al recurrente.

Los afectados son los empresarios perjudicados por un abuso de la Tributación Directa, los ciudadanos atropellados por un policía, los ecologistas interesados en proteger una zona reservada, los periodistas ansiosos de acceder a información pública, y un largo etcétera. En eso consiste la enfática advertencia de Calzada y también la de Mora.

La Magistrada identificó, casi de salida del recinto parlamentario, una de las motivaciones inconfesas del proyecto: la eliminación de controles al poder político. A poco de terminar la audiencia, se preguntó por qué intentan los diputados reformar el derecho de respuesta para incluir las opiniones si el propósito del proyecto es agilizar los trámites en la Sala. ¿Será que no quieren controles?, cuestionó.

La reforma planteada al derecho de respuesta es contraria al texto de la Convención Americana y a la jurisprudencia internacional, que hace una clara distinción entre informaciones y opiniones, porque las segundas no pueden ser inexactas y, en consecuencia, no dan pie a la rectificación o respuesta. El proyecto ignora la bien establecida práctica y doctrina internacional para crear un derecho de respuesta potencialmente confiscatorio del espacio de los medios de comunicación, con clara lesión a la libertad de prensa.

En el contexto de la intervención de la Magistrada, el derecho de respuesta no es más que un ejemplo de las verdaderas consecuencias de la reforma proyectada: la eliminación de los necesarios controles sobre el poder político, existentes en todas las naciones democráticas del planeta.

En ese sentido, resulta revelador un pasaje de la intervención de la Magistrada, cuando criticó el proyecto porque dispone que determinados “actos de gobierno” y los actos de control político de la Asamblea Legislativa no pueden ser objeto de acciones de inconstitucionalidad. “Es importante recordar –dijo Calzada– que la doctrina más calificada ha señalado como contrario al Estado de Derecho que existan zonas de inmunidad, en tanto cualquier órgano del Estado puede violar un derecho fundamental”.

En efecto y a fin de cuentas de eso se trata. No deben existir zonas de inmunidad ni poderes ayunos de control. Son dos verdades básicas de la arquitectura democrática en pocas oportunidades disputadas.