Traspié de la Fiscalía

La Sala III de la Corte rechazó la solicitud de desestimar una causa contra los integrantes del Directorio del Congreso durante la legislatura recién pasada

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Los magistrados de la Sala III de la Corte Suprema de Justicia rechazaron la solicitud de la Fiscalía de desestimar una causa contra los integrantes del Directorio del Congreso durante la legislatura recién pasada. El expediente trata del nombramiento de la expresidenta del Partido Acción Ciudadana, Kattia Martin, en una plaza de chofer recalificada para convertirla en plaza de profesional 2, con lo cual el salario pasó de ¢370.000 a ¢1,4 millones.

El delito de prevaricato, argumentó el Ministerio Público, no puede acreditarse porque uno de los elementos indispensables para su configuración es que el imputado ejerza funciones administrativas. La Sala III se vio obligada a recordarle a la Fiscalía que si bien los diputados cumplen la función constitucional de legislar, el Directorio del Congreso tiene asignadas funciones claramente administrativas.

En el caso concreto, los diputados no legislaron y, en su lugar, recalificaron una plaza para después nombrar a Martin. En la decisión está implícita una reorganización del personal legislativo. Hubo un chofer menos y la dirección de Prensa y Protocolo ganó una funcionaria. Los recursos de la Asamblea Legislativa también se vieron afectados con la recalificación del puesto.

El alto cargo desempeñado por la elegida en el partido de gobierno, a la sazón encargado de presidir el Directorio, es un elemento polémico adicional, pero el carácter administrativo de las gestiones parece evidente, por su naturaleza y por sus consecuencias.

Es difícil encontrar razones para pensar lo contrario, como en efecto hizo la Fiscalía. Tan difícil resulta que los propios magistrados reprochan el carácter contradictorio de la solicitud de desestimación porque, mientras se funda en la supuesta inexistencia de funciones administrativas, más adelante admite que los legisladores las realizan.

La solicitud, según la Sala III, “resulta a todas luces improcedente por ser contradictoria y ayuna de fundamento”. El rechazo también señala falta de estudio de la prueba y exige “verificar si los acontecimientos se adecuan a una norma típica específica, con vista integral del ordenamiento jurídico”. A esos efectos, los magistrados recuerdan al Ministerio Público la existencia de la ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito, además del capítulo del Código Penal sobre los ilícitos en perjuicio de los deberes de la función pública.

Como si las recomendaciones fueran pocas, los altos jueces piden a la Fiscalía ponderar la conveniencia de hacer un análisis del informe de la Procuraduría General de la República sobre el caso investigado.

La crítica contenida en el documento de rechazo a la solicitud de desestimación es demoledora, por lo extensa y por la elementalidad de muchas de las observaciones y recomendaciones. Jorge Chavarría, jefe del Ministerio Público, declinó comentar la resolución. Se pronunciará cuando lo considere oportuno, luego de analizar los razonamientos de los magistrados, dijo la encargada de prensa de la Fiscalía, quien enfatizó la normalidad de un rechazo como el de marras. Pero las características de la resolución comentada no son comunes y ponen de manifiesto el grado de sorpresa de los magistrados, que no ahorraron críticas ni omitieron señalamientos, por mucho que resultaran obvios.

El caso se añade a una larga lista de motivos de insatisfacción con la labor del Ministerio Público. La falta de dinamismo, el distanciamiento de los casos con previsible repercusión política y el fracaso en una larga lista de procesos hace pensar en la necesidad de reconsiderar el rumbo de un despacho tan importante para el Estado de derecho y su institucionalidad.