Reducción de la contribución electoral

La disminución del aporte estatal a la campaña política, con sus claros beneficios para el erario, también aumenta la presión para conseguir financiamiento de otras fuentes

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La Comisión de Reforma del Estado recomienda al plenario legislativo reducir la contribución estatal a las dos próximas campañas políticas del 0,19% del producto interno bruto (PIB) al 0,11%. La disminución afectaría las elecciones del 2018 y los comicios municipales del 2020. La propuesta goza de buen ambiente en el Congreso y algunos diputados plantean la posibilidad de adoptar la reducción en forma permanente, lo cual exigiría el procedimiento más complejo de la reforma constitucional.

Si la reducción transitoria es aprobada, el gasto pasará de unos ¢57.775 millones a casi ¢33.500 para un ahorro de aproximadamente ¢22.225 millones. La cifra implica un “ahorro significativo para las finanzas públicas” dice el autor de la iniciativa, Ottón Solís, del Partido Acción Ciudadana. No cabe la menor duda y los diputados darían al país una muestra de responsabilidad si el plan tiene éxito.

Pero la reducción de la contribución estatal, con sus claros beneficios para el erario, también aumenta la presión para conseguir financiamiento de otras fuentes. Al calor de la batalla electoral, es difícil esperar, en todos los casos, resistencia a la tentación de obtener tantos recursos como sean necesarios para aventajar a los rivales. Así se abre la puerta al ingreso de dinero dudoso, atado a compromisos políticos con los donantes.

El gasto estatal nunca ha desplazado las donaciones inconvenientes o ilícitas. El dinero público tampoco evita la búsqueda de portillos legales para aumentar el financiamiento. La deuda política, está bien probado, no inmuniza contra esas prácticas, pero su reducción tiene la inevitable consecuencia de incentivarlas.

Por eso los diputados deben preocuparse, de la mano del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), por fortalecer los controles sobre las donaciones de particulares y cerrar cualquier portillo en la ley. Las dos iniciativas, la reducción del aporte estatal y el mejor control de los aportes de particulares deben marchar de la mano.

En el 2010, la Asamblea Legislativa aprobó una reforma para levantar los límites impuestos a las contribuciones de personas físicas y prohibir las de las personas jurídicas, siempre útiles para disfrazar el origen del dinero y la identidad de los donantes. Poco después, el Partido Liberación Nacional se dio cuenta de que la reforma no prohibió a las personas jurídicas la adquisición de bonos de deuda política, que puede ser justificada como una simple operación financiera con fines de lucro. Los bonos pueden ser comprados con descuento y, si el partido consigue suficientes votos, la inversión puede ser recuperada con ganancia.

El riesgo del resultado contrario corre por cuenta del inversionista. Como nadie puede decirle cuánto riesgo asumir en procura de ganancia, tampoco es posible probar que los bonos sean comprados sin esperanza de conseguir un beneficio, es decir, que sean donaciones disfrazadas. Detrás de la persona jurídica puede haber extranjeros, cuya participación está prohibida. Con ese solo portillo, era posible violar en varios aspectos el espíritu de la reforma del 2010.

Posteriormente, un fallo de la Sala Constitucional restauró en mucho ese espíritu. Los bonos servirán para pagar servicios a personas físicas y a los medios de comunicación, así como garantizar préstamos del sistema bancario nacional, pero no para encubrir donaciones u ocultar a sus autores. Por otra parte, será necesario revelar la identidad de los tenedores de bonos.

El largo camino transitado para mejorar la eficacia de la reforma del 2010 demuestra la necesidad de revisar la legislación en vigor, frente a la cual el TSE ha hecho importantes observaciones para asegurar que los hechos no se repitan, sobre todo si se recorta el aporte estatal.