Probidad en la Asamblea

Solo el año pasado la Procuraduría de la Ética emitió tres informes sobre conductas de los legisladores y hubo otros dos en el 2015

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La probidad, dice Maureen Clarke, jefa de fracción del Partido Liberación Nacional, es un concepto muy indeterminado. Los magistrados de la Sala Constitucional no opinan lo mismo, porque en junio del 2010 pidieron a la Asamblea Legislativa reformar la Constitución Política para sancionar las faltas al deber de probidad de los diputados con el retiro de credenciales.

Más sorprendente aun es el claro contraste entre la afirmación de Clarke y el criterio del Congreso, plasmado en la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito. El artículo tres de esa normativa se refiere específicamente al deber de probidad y lo define con detalle. Al parecer, el concepto es menos indeterminado cuando el propósito es aplicárselo a terceros y no a los propios diputados. En el primer caso, recibe el espaldarazo de la mayoría y se convierte en ley. En el segundo, el tema es “muy fino y peligroso”, para volver a citar a la jefa de la bancada verdiblanca.

Como el Congreso no tiene intención de prestar oídos a la Sala Constitucional y tampoco quiere pronunciar una negativa rotunda, insiste en la necesidad de “analizar a fondo” el tema, una vez más en palabras de Clarke. Los siete años transcurridos no bastan y si el día se saca por la víspera, los diputados de este periodo no tendrán el tiempo necesario para concluir el análisis.

Mientras tanto, los legisladores gozan de “impunidad administrativa”, dice el procurador de la Ética, Rónald Víquez. No faltan las transgresiones. Solo el año pasado la Procuraduría emitió tres informes y hubo otros dos en el 2015. Nada pasa porque no hay un marco legal adecuado para sentar responsabilidades por faltas a la ética o al deber de probidad.

Los diputados, por otra parte, gozan de una fuerte protección aunque su conducta rebase el ámbito de la ética para configurar un posible delito. En ese caso, entra a jugar la inmunidad y el mecanismo para levantarla. La eliminación del fuero se hace en muy pocos casos, cuando las circunstancias extremas obligan.

La resistencia del Congreso a rendir cuentas incluyó, hasta hace apenas tres años, la pretensión de tramitar en secreto la discusión sobre el levantamiento de la inmunidad a los miembros de los supremos poderes, incluidos, por supuesto, los diputados. Una resolución de la Sala Constitucional impuso la transparencia, pero la defensa de las sesiones a puerta cerrada, en un país donde los procesos penales son públicos y con más razón deberían serlo los políticos, retrata la actitud de la Asamblea Legislativa.

Clarke no está sola. Los jefes de fracción del Partido Acción Ciudadana, el Frente Amplio y Alianza Demócrata Cristiana son los únicos dispuestos a acelerar la discusión de un proyecto para exigir a los legisladores responsabilidad en el campo de la ética y el deber de probidad. La idea no es exclusiva de Costa Rica ni la Sala Constitucional propuso un experimento. Otros congresos del mundo democrático mantienen vigorosos mecanismos para garantizar la probidad de sus miembros.

En el 2010, los magistrados decidieron que el Tribunal Supremo de Elecciones no debía tener la potestad de cancelar las credenciales de un legislador. Por eso encomendaron la tarea a la propia Asamblea Legislativa, que ahora no encuentra cómo determinar el concepto de probidad aunque esté vigente para los demás funcionarios del Estado.

Frente a las solicitudes de levantamiento de la inmunidad, el Congreso hace cuanto puede para demorar la resolución. Ante las faltas éticas no hace nada, porque no existe un marco legal apropiado ni voluntad de crearlo. Luego, los legisladores se preguntan por las razones del desprestigio del Primer Poder de la República.