Editorial: Peligrosa ley de notificaciones

Si los magistrados no encuentran roces constitucionales, los legisladores deben recordar que eso no certifica la conveniencia de la ley

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Treinta y ocho diputados de la Unidad Social Cristiana (PUSC), Liberación Nacional (PLN), Liberal Progresista (PLP) y Nueva República (PNR) firmaron una consulta de constitucionalidad sobre la ley aprobada en primer debate para exigir a las sociedades mercantiles establecer una dirección de correo electrónico donde se les notifiquen resoluciones dictadas en procesos administrativos y judiciales.

Los legisladores temen violar el principio de igualdad, el derecho a la defensa y el acceso a la justicia con la definitiva aprobación de la ley. Tienen toda la razón y el fundamento de sus preocupaciones es evidente.

Basta un error, un correo dirigido a la carpeta de spam, una lectura apresurada del correo electrónico o un descuido para perder un proceso administrativo o judicial y, con él, los bienes involucrados, sea una propiedad o cuantiosas sumas de dinero.

El mismo error, por otro lado, enriquecería injustamente al accionante, bien sea el Estado o un particular, vencedor por la sola inacción de la contraparte.

El resultado de los procedimientos instaurados por esta vía podría ser, y en muchas ocasiones será, el despojo. Para evitarlo, la ley actual exige empezar los procesos mediante notificación personal.

Así, hay certeza del conocimiento del afectado y de su capacidad de ejercer la defensa. Posteriormente, las partes designan un correo electrónico para recibir notificaciones, pero ya están al tanto del proceso y tienen la posibilidad de señalar la dirección de un abogado contratado para ejercer la conducción profesional del caso.

La aprobación en primer debate se produjo durante la maratónica de votaciones irreflexiva desatada al final de la última legislatura. En una mañana, los legisladores votaron una treintena de proyectos, incluido uno capaz de acabar con el acceso a la información sobre infinidad de asuntos de interés público. La ley de notificaciones es un engendro similar, con enorme potencial destructivo.

La preocupación no se limita al mundo empresarial. Cuanto más grande la empresa, mayor es la posibilidad de que exista una dirección de correo especializada, con personal asignado a atenderla y mecanismos de control cruzado para impedir un descuido o error.

No puede decirse lo mismo del pequeño comerciante a quien la municipalidad podría notificarle el cierre del negocio por una de muchas razones o el simple ciudadano que constituyó una sociedad para tener en ella su casa o su vehículo.

En ese caso, no habrá derecho siquiera a vacaciones o enfermedad. La revisión diaria del correo electrónico y hasta el spam será una obligación ineludible, so pena de perder el auto o la vivienda.

Un proceso administrativo, una demanda sin respuesta oportuna o un plazo transcurrido sin la reacción debida pueden resultar en un remate o en la imposición de una multa injusta.

La ley entusiasma al Frente Amplio por la posibilidad de notificar con mayor facilidad las demandas laborales y los cobros tributarios o de otra naturaleza.

Muchas entidades financieras coinciden, pensando en la facilidad adicional para cobrar créditos. Por supuesto, los primeros no tienen intenciones de beneficiar a los segundos y estos seguramente no comulgan con los propósitos del Frente Amplio, pero ninguno mira más allá de su interés inmediato.

La estrechez de miras, en uno y otro caso, ignora los riesgos para la ciudadanía. Tampoco repara en los efectos de la propuesta de ley sobre la seguridad jurídica y la inversión extranjera. Bastaría un par de despojos para tachar a Costa Rica, con razón, por ser un país donde la propiedad resulta precaria.

La inquietud de los 38 diputados se justifica plenamente, pero el medio elegido para frenar la votación en segundo debate suscita preocupación. Si la Sala IV no encuentra roces entre el proyecto y la Constitución, los diputados deberán recordar que eso no certifica la conveniencia de la ley.

Los riesgos señalados subsistirán sin importar la armonía con la carta magna. Los legisladores no preguntaron a la Sala si la norma es buena para atraer inversión extranjera o dar tranquilidad a la población. Los magistrados no entran en esas consideraciones, que corresponden a los diputados.