Editorial: Control del lavado de activos financieros

El número de reportes de operaciones sospechosas en Costa Rica pasó de unos 315 durante el periodo 2015-2017, a 507 en el 2018. Según el Instituto Costarricense sobre Drogas, refleja una prevención más rigurosa, pero también más intentos de lavado.

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El sistema financiero, en particular el de naturaleza bancaria, no así el de los seguros comerciales, está permanentemente expuesto a ser utilizado por personas inescrupulosas para dar apariencia de buena fuente a recursos mal habidos, como los provenientes del narcotráfico y la corrupción en el sector público o en el privado, así como para aportar dinero a grupos terroristas. Para enfrentar esos peligros, los países han adoptado una normativa concreta, genéricamente conocida como antilavado, cuya eficaz puesta en práctica es objeto de seguimiento por entidades multinacionales, como el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Una mala calificación de una entidad como GAFI puede llevar a la exclusión de los miembros del sistema financiero de un país de los programas de pago internacionales, como el Fedwire, lo cual tendría consecuencias devastadoras para la economía local.

La prevención comienza por la adopción de una política de conocimiento del cliente por las entidades financieras para verificar la naturaleza del negocio y el nivel de actividad monetaria habitual para controlar posibles desvíos y establecer la necesidad de explicarlos caso por caso. Por ejemplo, un pequeño bazar maneja menos recursos que un gran supermercado, y cuando se inicia una relación financiera se establecen los parámetros dentro de los cuales se moverán las transacciones de uno y otro. Para el caso de las operaciones en efectivo, preferidas por los delincuentes, la normativa estándar pide a los entes supervisados reportar todos los movimientos iguales o superiores a $10.000 en moneda local o extranjera.

Las normas en Costa Rica también piden a los bancos comerciales y otros entes financieros informar al Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD) toda operación sospechosa, aunque no fuera ilegal. Como recién informamos (“Banca registra fuerte aumento de reportes por presunto lavado”, La Nación, 25/3/2019), el número de reportes de operaciones sospechosas (ROS) en el país pasó de unas 315 durante el periodo 2015-2017 a 507 en el 2018, lo cual no deja de constituir un gran aumento.

Según Guillermo Araya, director del ICD, el incremento obedece a una “prevención más rigurosa”. Para Bernardo Alfaro, jerarca de la Superintendencia General de Entidades Financieras, el aumento en los ROS se debe a nuevas medidas antilavado tomadas por el GAFI desde el 2012, las cuales han sido incorporadas a la normativa y prácticas de supervisión de los participantes en el mercado financiero nacional.

El aumento en los ROS también podría ser consecuencia de que el país es víctima de más intentos de lavado. Por ello, procede redoblar esfuerzos de verificación del cumplimiento, no solo de la política de conocimiento del cliente (KYC, como se le denomina internacionalmente), sino también la de conocimiento de los propios empleados de las entidades financieras (KYE), pues se ha comprobado la colaboración de algunos funcionarios en actos delictivos.

De los 507 ROS del 2018, solo 22 fueron remitidos por el ICD a la Fiscalía. Eso es señal de que se comprobó que la situación de sospecha no llegó a más, o que en el ICD no hay suficiente capacidad administrativa para analizar todos los casos. Si los ROS no fueran objeto de análisis exhaustivo, tendrían poca importancia normativa.

El país (entes supervisados y órganos supervisores) deben mantener estricto control sobre la legitimidad del dinero manejado en cuentas corrientes, certificados de depósito y otros títulos en bancos y financieras, así como los que son objeto de inversión en fondos varios y los que se canalizan mediante puestos de bolsa, entre otros. La labor de los oficiales de cumplimiento, primeros llamados a verificar que no existan transacciones ilegales, así como la de los comités de cumplimiento que apoyan a las juntas directivas de los entes financieros, debe ser reconocida, debidamente estimulada y periódicamente sometida a rendición de cuentas.