Prensa ‘canalla’, transparencia y democracia

La publicidad de los actos de gobierno es una de las exigencias más relevantes de un Estado de derecho

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El papel de la prensa libre es trascendental para la legitimación de una democracia, tornándose necesario el control de la gestión pública por medio de una política de transparencia y de rendición de cuentas.

En este contexto, nada más peligroso que la reducción del acceso a la información, o la censura previa, para evitar que se publiciten los actos gubernamentales, lo cual solo ocurre en los regímenes totalitarios.

La publicidad de los actos de gobierno es una de las exigencias más relevantes de un Estado de derecho; lo contrario es campo fértil para la arbitrariedad.

En un Estado democrático, es necesario que la prensa pueda pedir cuentas a los funcionarios sobre sus actos, ya que ello tiene relación con el ejercicio transparente de la función pública y, además, es un deber insoslayable de dichos funcionarios dar las explicaciones que correspondan —sin censura de ningún tipo— cuando se les confronte.

Los ciudadanos tienen derecho a obtener información de forma directa, o a través de la prensa, que sea de interés público y que les permita ejercer dicho control sobre los actos de gobierno, el cual está obligado a brindar esa información para la transparencia de su gestión.

Hay un vínculo directo entre la libertad de pensamiento y expresión con el derecho de acceso a la información en poder del Estado, que, como se ha dicho, está en la obligación de suministrarla.

Por ello, limitar y censurar a quienes ejercen una labor periodística de control estatal lesiona groseramente el derecho humano a “buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole”, tal y como lo establece el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).

De ‘canallas’ y canallas

Es una absoluta falacia tildar de “prensa canalla” a los medios de comunicación periodísticos que de forma responsable obtienen y hacen publicidad de diferentes hechos que son de innegable interés público, ya que solo están cumpliendo con el papel de vigilancia sobre los actos estatales.

El objetivo del mote “canalla” es descalificar a la prensa ante la opinión pública con el propósito de desviar la atención de cuestionamientos de actos de gobierno que son presuntamente contrarios a la ley.

Por el contrario, sí son verdaderamente canallas aquellos periodistas o medios de prensa que, para obtener una pauta publicitaria gubernamental, se “venden” a cambio de lambisconear a los líderes de gobierno, traicionando así su deber de control de los actos que llevan a cabo los funcionarios.

Ya no se trata de una prensa libre e independiente, sino de una prensa prostituida y mercenaria que se somete a compromisos de adulación, y quien no acepta consumar ese pacto diabólico se convierte en enemigo público.

Históricamente, la prensa ha hecho públicos casos de corrupción estatal que, si no hubiera sido de esa manera, probablemente nunca se habrían conocido ni empezado las investigaciones judiciales.

Hoy más que nunca la publicidad de la actividad gubernamental por medio de la prensa es necesaria para evitar las filtraciones del crimen organizado y la corrupción de los funcionarios, y el consecuente daño a la democracia.

Deberes y responsabilidades

No obstante, es un derecho de todas las personas cuestionadas por presuntos actos de corrupción ventilados a través de la prensa que se les respete la presunción de inocencia —y los demás derechos fundamentales— durante cualquier investigación que se lleve a cabo, sea administrativa o judicial.

No pocas veces, luego de hacerse publicidad por medio de la prensa de presuntos actos de corrupción, la persona es declarada inocente y, en estos casos, el daño colateral es enorme si no se le trata como a un inocente, a quien para considerársele culpable se le debe demostrar esta mediante una sentencia judicial firme.

A una prensa libre e independiente le atañen deberes y límites que no debe sobrepasar. Sobre esto, la misma CADH (art. 14) señala el derecho de rectificación por alguna información inexacta, así como la existencia de responsabilidades ulteriores que puedan sobrevenir si se causa lesión a los derechos de las personas, sean estas del ámbito público o privado, si hubiera un exceso en las funciones de control y vigilancia que realiza la prensa.

Es decir, debe haber un equilibrio entre el derecho a la obtención y difusión de información de interés público por parte de la prensa, en aras de la transparencia estatal en la ejecución de los actos gubernamentales, y el tratamiento que los medios de comunicación dan a esa información que no debe menoscabar los derechos de las personas.

Es parte del juego democrático este devenir de derechos y deberes para que los ciudadanos obtengamos información de interés en función de la transparencia pública.

fcamposcr@gmail.com

El autor es abogado.