Página quince: Elección de magistrados y déficits de un parlamento abierto

Persisten graves deficiencias en el nombramiento y reelección de los altos jueces de la Corte Suprema de Justicia

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La Asamblea Legislativa está a las puertas de una nueva reelección en la Corte Suprema de Justicia.

La decisión reviste singular importancia porque la plaza a la que se le vencen los ocho años de nombramiento es la del presidente de la Corte Suprema, Fernando Cruz Castro, quien es además magistrado de la Sala Constitucional, uno de los asientos más relevantes en la administración de justicia, por su peso en la toma de decisiones en materias neurálgicas para el país.

Este artículo no entrará a comentar el fondo de esta decisión; llamará la atención sobre la persistencia de graves deficiencias en la práctica parlamentaria para nombrar y reelegir magistrados.

Los diputados actuales han elegido o reelegido a 13 magistrados, tanto para llenar vacantes como las dejadas por jubilaciones anticipadas y sanciones en la Corte a finales del 2017, después del escándalo de corrupción conocido como cemento chino.

Esta recomposición de la Corte, sin embargo, se efectuó basada en un proceso de nombramientos sin garantía de transparencia, participación ciudadana y metodologías adecuadas para la valoración de idoneidad.

Los vencimientos y las sustituciones en la Corte no son algo pasajero. La selección de los altos jueces será una constante en el futuro próximo: 12 magistrados ya cumplieron los requisitos para jubilarse y podrían anunciar su retiro en cualquier momento. El año próximo por lo menos a dos magistrados se les vence el período.

Obstáculos a la transformación. Los cambios en el proceso de selección y requisitos para la magistratura siguen bloqueados. El Tercer informe estado de la justicia define este bloqueo como un indicativo de la existencia de un “dominio reservado”, por ello se entiende un asunto en el cual no ha sido posible efectuar ningún cambio desde hace décadas, a pesar de ser ampliamente considerado como problemático, tanto por actores institucionales como por la sociedad en general.

Los tomadores de decisiones se resisten a transformaciones democráticas para modificar significativamente la situación actual.

La falta de voluntad de los diputados para mejorar el proceso de nombramiento es, por tanto, expresión de un dominio reservado.

Paradójicamente, este grupo de legisladores aprobó en el 2019 una política institucional de parlamento abierto (PIPA), y se comprometió a “garantizar los principios de transparencia, acceso a la información pública, rendición de cuentas, participación ciudadana y ética y probidad” en todo el quehacer legislativo (página 7 del PIPA).

Como si eso fuera poco, estos también son principios constitucionales que deben regir en toda acción de la Administración Pública, pero están bastante ausentes en los nombramientos a cargo del Congreso.

Trascendencia. La función legislativa de designar a los magistrados es de las más trascendentales, por su impacto directo en la administración de la justicia.

La selección define a las personas que conforman la máxima autoridad jurisdiccional, quienes tienen la última palabra en los procesos judiciales. También son la máxima autoridad administrativa y política del Poder Judicial, encargada de la toma de decisiones políticas y administrativas, el uso de los recursos y del régimen disciplinario. Asimismo, está al mando de una multiplicidad de consejos y comisiones de gestión.

En la reciente crisis política debido al caso del cemento chino, quedó claramente demostrado cómo el nombramiento de las magistraturas tiene efectos en la legitimidad y la calidad de la administración de justicia.

La sociedad civil, la academia, incluso el relator de las Naciones Unidas para la independencia judicial han llamado la atención y hecho propuestas para incorporar mejoras, pues el país está lejos de los estándares en la materia.

Una docena de proyectos de ley presentados a la Asamblea Legislativa tienen como propósito modificar la forma de elección de las magistraturas.

Ni este activismo ni la crisis política del Judicial, sin embargo, logran desbloquear las reformas necesarias en el sistema de elección de magistrados propietarios y suplentes.

La Corte Suprema tampoco ha llegado a discutir una propuesta del grupo de trabajo de los urgentes cambios en los procesos de nombramiento, comisionado desde finales del 2017.

En tiempos extraordinarios como los actuales, las decisiones urgentes son muchas, empero no deben ignorarse discusiones trascendentales y promover acuerdos políticos que fortalezcan la democracia, en este caso, que elimine las trabas para que los procesos de nombramientos garanticen la estabilidad e independencia de los máximos jueces del país, lo cual abonaría al fortalecimiento del Estado de derecho.

evelynvillarreal@estadonacion.or.cr

La autora es coordinadora de investigación del Estado de la Justicia.