Los primeros ‘rounds’ de la ley de empleo público

La ley de empleo público entró en vigor no sin resistencias y denuncias ante los juzgados

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La entrada en vigor de una ley supone retos inevitables, pues representa la transformación de las reglas del juego en asuntos de interés nacional.

Cuando se trata del empleo, y sobre todo del empleo público, el desafío es aún más grande. Por ello, vale la pena hacer una reflexión al comienzo de un nuevo período y preguntarnos cómo se ha comportado la puesta en funcionamiento de la tan discutida Ley Marco de Empleo Público. ¿Habrá superado los primeros rounds en el cuadrilátero y qué le espera en el 2024?

La ley y su reglamento entraron a regir en marzo del 2023, y con ellos normas de empleo aplicables a buena parte del sector público con fines para asegurar la eficiencia y eficacia en la prestación de los bienes y servicios públicos, proteger derechos subjetivos y establecer “para igual trabajo idénticas condiciones de salario”.

La ley que despertó pasiones durante su discusión procura establecer un único régimen de empleo público de acuerdo con el artículo 191 de la Constitución Política, pero entendiendo también la máxima autonomía con la que cuentan algunas instituciones cubiertas por la ley.

Primer ‘round’

Aunque la ley cubre los tres poderes de la República, el Tribunal Supremo de Elecciones y el sector público descentralizado (incluidas las empresas públicas estatales que no estén en competencia), a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), las universidades y las municipalidades, no todas sus disposiciones se aplican a la totalidad de sus planillas.

La ley contiene reglas de las cuales se excluye a quienesdesempeñen funciones o labores administrativas, profesionales o técnicas, quesean exclusivas y excluyentes para el ejercicio de las competencias constitucionalmente asignadas al Poder Legislativo, al Poder Judicial, al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y a los entes públicos con autonomía de gobierno u organizativa, según la determinación que realice la respectiva institución”.

La tarea de definir cuáles entran en las excepciones establecidas por el legislador recayó en las mismas instituciones: el Poder Legislativo, el Poder Judicial, las municipalidades, las universidades y la CCSS.

Lo anterior, con las consecuencias que su decisión conlleva, entre ellas, la exclusión de la rectoría del Mideplán, que las libraría de la clasificación en las familias de puestos y su escala salarial.

Este primer round no fue para nada sencillo. Sin duda, implicó una especial complejidad y, por supuesto, potenciales desacuerdos.

Con mucha sorpresa para algunos y con poca para los escépticos, durante el segundo semestre del 2023 vimos cómo un largo listado de instituciones declararon que la totalidad de los puestos calificaban para la excepción.

En sentido contrario, otras instituciones realizaron una determinación más restrictiva, y dejaron fuera de la declaratoria ciertos puestos, todo lo cual originó ya procesos judiciales.

No representa, necesariamente, un incumplimiento de la ley, en el tanto se cuente con el debido respaldo técnico y objetivo, pero causa de forma válida cuestionamientos, tales como si es viable sostener que en estas instituciones todo el personal realiza labores exclusivas o excluyentes, si la lista de puestos excluidos resulta excesiva o quién podrá impugnar, ante qué instancia y bajo cuál proceso.

Antecedentes de relevancia

La determinación de los puestos está siendo revisada en el juzgado, en casos sensibles que implican una especial complejidad tanto en el trámite como en la futura resolución. Los procesos se convertirán, sin duda, en referencia para el análisis, por el impacto que pueden tener para cada institución y en otras en similares condiciones.

Además, visto el avance de la ley en el 2023, debemos seguir atentos en el 2024 a las pautas que el Mideplán dicte y a los efectos que de forma paulatina se reflejen, producto de la vigencia de la ley.

Se prevén en la lona, asimismo, pronunciamientos de las autoridades administrativas o posibles resoluciones judiciales de los casos en trámite sobre la aplicación de la ley para determinados puestos.

Esto marcará el devenir de la ley y dará mayor claridad sobre si será posible finalmente uniformar condiciones de empleo sin sacrificar autonomías del más alto nivel.

Nos espera una interesante jornada de campeonato para el régimen de empleo público y su necesaria modernización con el propósito de lograr la eficiencia en la prestación de los servicios públicos y uniformar las condiciones de trabajo, que a la vez deben ser atractivas y competitivas.

MDurante@bdsasesores.com

El autor es socio director de BDS Asesores.