Juezas para dignificar la justicia

Las cortes y tribunales de todo el mundo presentan una composición marcadamente masculina

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El 10 de marzo se conmemora el Día Internacional de las Jueza gracias a una resolución adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 26 de abril del 2021, que busca impulsar los objetivos de desarrollo sostenible (ODS) de la Agenda 2030, en particular, el número 5, relativo a la igualdad de género.

No por casualidad la fecha se fijó dos días después del Día Internacional de las Mujeres, pues permite dar continuidad a la denuncia sobre las enormes brechas de género que aquejan a las sociedades modernas y la necesidad de erradicarlas especificando algunas actividades en concreto. Este año el lema es “Para conseguir justicia, necesitamos más mujeres en la justicia”. El del 2022 fue “Justicia con perspectiva de género”.

La justicia, como mecanismo heterocompositivo de solución de las controversias, emerge con el surgimiento de los Estados en los siglos XV y XVI, pero hasta el siglo XX se consolidó como un derecho humano de toda la población: toda persona tiene derecho a que el Estado cree órganos objetivos e imparciales, procedimientos y normas para dilucidar sus controversias, sin importar la condición de quienes están involucrados o la materia de que se trate.

Se aspira a hacer realidad aquel viejo cuento del molinero y el rey: un molinero tenía un molino cerca del palacio donde el monarca acudía a descansar y cazar. El ruido de las aspas del molino le impedía al soberano esas actividades, por lo que hizo llegar ante sí al campesino para comprarle el molino, pero este se negó. Entonces, su majestad le advirtió que estaba en sus manos destruir la obra, sin siquiera pagarle una sola moneda, y el molinero dijo: “Eso sería una grave injusticia, majestad, y hay jueces en Berlín”, refiriéndose a su confianza en que, en la capital del reino, dicho entuerto sería revertido.

Aunque había jueces confiables en Berlín, al punto que ni un monarca arbitrario doblegaba el brazo a un humilde molinero, probablemente el cuento tendría otro final si la pugna la hubiera tenido la esposa, compañera, hija, madre o empleada del molinero, ya no con el rey, sino con el mismo moledor, pues ni entonces ni hoy los tribunales, no solo de Berlín, sino del mundo, cuentan con suficiente número de juezas y los constructos jurídicos no amparan plenamente a las mujeres, pues los sesgos de género permean las normas y las prácticas jurídicas e impiden el reconocimiento efectivo de muchos derechos.

Sexismo en las Cortes

Que el derecho no es neutro u objetivo se evidencia cuando la voz de las mujeres, como testigos con el mismo valor que los hombres, empezó a escucharse muy recientemente en la historia procesal, o por el hecho de que en muchos países no existen procesos contra la violencia de género en todas sus manifestaciones o los que existen están preñados de formalismos que impiden la justicia.

En efecto, las cortes y tribunales de todo el mundo presentan una composición marcadamente masculina (y una visión muy patriarcal), lo que pone en entredicho que tal servicio sea, verdaderamente, imparcial, porque no incorpora los derechos de múltiples poblaciones (particularmente mujeres, para lo que aquí interesa, pero también indígenas, afrodescendientes, gente con alguna condición de discapacidad, etc.) que conforman la sociedad.

Según el Observatorio de la Igualdad de Género de América Latina y el Caribe de las Naciones Unidas y la Cepal, la media de mujeres en altas cortes en América Latina es del 30,4 %, muy lejos del 50 %.

Pero ese, que no es menor, no es el único efecto del sexismo en las cortes. En el informe La participación de las mujeres en los sistemas de justicia en América Latina (2021) se evidencia la recurrencia de la provisionalidad y el interinato de juezas; las redes informales, el clientelismo y la corrupción para las designaciones de hombres, dejando de lado criterios de mérito y paridad; la falta de acciones afirmativas en los procesos de selección y nombramiento; el acoso sexual y el uso de estereotipos en el juzgamiento de la gente; y la instrumentalización de la igualdad de género y la violencia política en aras de la promoción de agendas conservadoras y de retroceso en derechos humanos.

En el caso del 10M, la fecha es necesaria para reflexionar, como indica la resolución, no solo sobre el número relativamente bajo de mujeres que ocupan la judicatura, máxime conforme se asciende en los escalafones de mayor rango, sino también sobre la necesidad de incorporar la perspectiva de género en el juzgamiento de los asuntos, pues no basta con la paridad (que es necesaria para respetar el derecho de las mujeres a acceder en igualdad de condiciones que los hombres a los puestos públicos) si estas dan la espalda a los sesgos sexistas en la construcción y aplicación de las normas y se comportan conforme a los mandatos patriarcales en que fueron formadas.

Nombramientos

La judicatura en un Estado republicano, constitucional, social y democrático de derecho ha de ser un contrapoder que garantice, efectivamente, los derechos humanos de las personas. Valga enfatizarlo: todos los derechos humanos de todas las personas, todo el tiempo… no solo en momentos de normalidad institucional. Pero si en la composición de sus órganos no hay paridad de género ni una visión de derechos humanos, la garantía no se satisface plenamente.

Las disciplinas jurídicas son (no por casualidad) las más reaccionarias a los cambios que exigen los tiempos. Si se piensa que el rompimiento formal de los obstáculos que permitían la incorporación de las mujeres en la vida pública se dio con los movimientos sufragistas hace apenas hace 100 años en la mayoría de los países de Iberoamérica, se entenderá que sean pocas las mujeres juezas o juristas del mundo que se tengan como referentes.

Costa Rica no es la excepción. Aunque el país se puso a la vanguardia de la región al designar, aunque fuese interinamente, a la primera magistrada (Ana María Breedy Jalet, 1975), no fue hasta 1984 cuando se designó a una titular (Dora Guzmán Zanetti, Sala Tercera), y a la fecha no se llega a la mitad de quienes ocupan esos puestos.

La Asamblea Legislativa que puede, aplicando directamente la Cedaw (por sus siglas en inglés), tomar acciones afirmativas en los procesos de nombramiento, no solo no lo hace, sino que, con frecuencia, castiga a las mujeres más y mejor preparadas cuando estas no son complacientes con los vientos que corren (lo que es garantía de su objetividad e imparcialidad, ergo, de su idoneidad para el cargo).

Este 10M del 2023 se conmemora en el mundo en el marco de retrocesos significativos en las libertades civiles y en los derechos sociales, económicos y culturales, o en contextos donde pululan los autoritarismos, el fascismo y los discursos de odio.

Por ello, es buen momento para exigir paridad en los órganos de justicia y que esta se comporte conforme a las necesidades sociales y en el marco del respeto al derecho internacional de los derechos humanos para que toda compañera, madre e hija, ya no solo del molinero, pueda con confianza buscar (y encontrar) la solución a sus dificultades en el Estado.

La autora es abogada.