Por Esteban Oviedo Sabemos que tu tiempo es oro; empecemos. 1. TSE extiende medida electoral a Facebook, YouTube, TikTok y X El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) reinterpretó este 20 de junio el artículo 142 del Código Electoral, de manera que la prohibición de difundir logros institucionales, en tiempos de campaña, se extenderá a las plataformas digitales como Facebook, YouTube, TikTok, X y páginas web. Esta norma prohíbe al Gobierno, a las instituciones descentralizadas, a las empresas del Estado, a las alcaldías y a los concejos municipales difundir, mediante cualquier medio de comunicación, información publicitaria relativa a la obra pública realizada, a partir del día siguiente de la convocatoria a elecciones nacionales y hasta el propio día de las elecciones. Antes, se eximían las publicaciones en redes siempre que no hubiese pago publicitario. Sin embargo, con la reinterpretación 4190-E8-2025, el impedimento se extendió a toda difusión en plataformas digitales aun si no existe pago alguno. Asimismo, se prohíbe usar imágenes de jerarcas.
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