Tránsito retomará cobro por acarreo y custodia de vehículos

Se activará a partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

La Policía de Tránsito retomará el cobro por el acarreo y custodia de vehículos luego de que la entrada en vigencia de la nueva Ley de Tránsito dejara sin efecto estas recaudaciones por al menos dos años.

Carlos Rivas, director del Consejo de Seguridad Vial del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), explicó que el atraso se debió a la elaboración de estudios financieros y a que la junta directiva de la entidad empezó sesiones a mediados de año. Él espera que entre en vigencia en los próximos días, una vez que sea publicado en el diario oficial La Gaceta.

"Estos cobros ya se realizaban con la antigua Ley de Transito, pero en la nueva se exigía un reglamento que recientemente fue aprobado", comentó Rivas.

El nuevo reglamento indica que cuando sea necesario utilizar la grúa, el dueño tendrá que cancelar ¢5.347, siempre que la distancia del acarreo sea menor a seis kilómetros.

Este servicio se brinda, por ejemplo, cuando se incumplen puntos de la Ley de Tránsito como no tener placas o conducir sin la licencia.

En caso de que el acarreo exceda los seis kilómetros (km), se deberá cancelar ¢819 por cada kilómetro adicional o una fracción de éste. Además, por cada día que el vehículo esté en custodia se deberán cancelar ¢3.484.

Por ejemplo, si un vehículo fue trasladado a 6,4 Km de distancia, deberá pagar la suma de ¢5.347 más ¢819; es decir, ¢6.166, más el monto por cada día que estuvo en los patios de Tránsito.

Rivas explicó que el cálculo del pago de la custodia, requisito para recuperar el automóvil, se efectuará ante la Unidad de Impugnación del Consejo más cercana y se cobrará desde el día en que fue retenido hasta un día antes de la fecha en que se solicite el total a pagar.

Este trámite se podrá concretar una vez que se hayan realizado los procesos habituales, como el pago de las multas. En caso de que no se retire el vehículo del plantel el mismo día que se cancelaron los cargos, se cobrarán días adicionales.

La cancelación de estos montos se podrá hacer en cualquier entidad bancaria nacional y de forma automática se registrará en el sistema del MOPT. En caso de reclamo, tendrá cinco días hábiles.