Sala IV obliga al ICE y a Fonatel a restituir telefonía fija en comunidad rural guanacasteca

Desde hace ocho meses 27 abonados están sin teléfono fijo, debido a robo en parte del cableado

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El acceso a telefonía fija es un derecho fundamental de los ciudadanos en Costa Rica. Por esta razón, la Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo para que se restituya ese servicio en Palestina de Belén, una localidad guanacasteca del cantón de Carrillo.

Una mujer interpuso un recurso de amparo a favor de su abuela, quien vive en esa zona de Guanacaste y se ha visto afectada porque el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) se ha negado a restablecer el servicio.

Según la recurrente, no solo se ve afectada su abuela sino otros adultos mayores y personas con limitaciones que viven en Palestina de Belén. Acusó que el servicio telefónico ha estado interrumpido por más de ocho meses y esto lesiona los derechos fundamentales de los vecinos de la zona pues no pueden comunicarse.

En respuesta a sus inquietudes, el ICE manifestó que desde el 2009 y hasta la fecha se han presentado tres robos de cable en ese sector, los cuales ocasionaron graves pérdidas al Instituto.

La última sustracción ocurrió el 24 de marzo del 2014, que dejó a 27 clientes sin el servicio.

Martín Vindas, gerente general del ICE, afirmó que el tramo de cable sustraído en cada robo es de casi 600 metros. El costo proyectado de la reparación por los tres robos es de ₡4,372.000 y se determinó que con la facturación o consumo promedio de los 27 clientes afectados esa inversión no se recuperaría en varios años.

"La reincidencia y reinversión no resulta rentable considerando la cantidad de clientes servidos en la localidad, por lo que se han buscado soluciones alternativas tales como celular fijo u otra tecnología que aún no es definida, ya que desde el punto de vista de operación y mantenimiento existe un alto riesgo", según una cita del gerente del ICE en la sentencia.

Añade que, al no resultar rentable para el ICE realizar la inversión que se requeriría para el restablecimiento del servicio, debe tratarse como una responsabilidad solidaria junto con el Poder Ejecutivo. Por esta razón, hará trámites ante la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) a fin de que dicha entidad sea quien brinde una solución a los afectados. Con estos argumentos, el ICE solicitó desestimar el recurso.

Por su parte, el presidente del consejo de la Sutel, afirmó que el ICE no les ha realizado ninguna solicitud por escrito. Pese a ello, su representada ya puso en marcha un programa que busca el acceso fijo a los servicios de telefonía e Internet en las comunidades que no tienen acceso adecuado, tal es el caso de la comunidad de Belén de Carrillo.

Los magistrados declararon con lugar el recurso y ordenaron al gerente general del ICE a disponer lo que corresponda para que, dentro del plazo de dos meses, plantee un proyecto a efectos que se active nuevamente el servicio telefónico de la comunidad afectada.

El fallo dispone que la reinstauración sea con cargo al Fondo Nacional de Telecomunicaciones (Fonatel), entidad que tiene como propósito llevar telefonía e internet a zonas y comunidades donde aún no hay servicio, promoviendo el servicio universal y de solidaridad establecido en la Ley General de Telecomunicaciones.