Operadora de pensiones de la CCSS busca a familiares de 11.000 fallecidos para entregarles el FCL

Vea en la lista adjunta si su pariente difunto mantenía fondos por retirar

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La operadora de pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) busca a los familiares o herederos de más de 11.000 afiliados fallecidos que tienen saldos en la institución, para que retiren los fondos.

La mayoría de este saldo pendiente corresponde al Fondo de Capitalización Laboral (FCL) que los ahora fallecidos acumularon en vida, pero también hay recursos por retirar del Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROPC). Algunas de las personas tenían ambos ahorros laborales.

La institución publicó en su página web un documento con el nombre y cédula de los más de 11.000 fallecidos que dejaron dinero por retirar.

“La OPC CCSS hace de conocimiento del público en general el listado de personas fallecidas, que tienen al menos un fondo administrado por nuestra Operadora de Pensiones, a fin de que los beneficiarios y/o herederos puedan ejercer de manera oportuna los derechos que le son garantizados en la Ley de Protección al Trabajador N°7983 y sus normas complementarias”, indicó.

De encontrar el nombre de un familiar en la lista, en el caso del FCL, los beneficiarios o herederos deben gestionar la solicitud para el retiro de ese dinero en el juzgado de trabajo más cercano a la localidad donde vivía la persona fallecida, en un proceso de consignación de prestaciones.

“El dinero, la operadora lo deposita en la cuenta bancaria del expediente judicial, le corresponderá al juez decidir quiénes son los beneficiarios de ese dinero, según las condiciones establecidas en el artículo 85 del Código de Trabajo”, explicó la Operadora.

En el caso del ROPC, los beneficiarios o herederos de afiliados fallecidos cuyo dinero es administrado por la OPC CCSS, pueden consultar el procedimiento que deben seguir al correo electrónico fallecidos@opcccss.fi.cr.

Los recursos se van a entregar de primero a:

Los mismos beneficiarios que el fallecido había contemplado para la pensión básica, por ejemplo, la del IVM, JUPEMA, Poder Judicial, etc.

Si no hay beneficiarios de la pensión básica, aplican como beneficiarios los que haya establecido el afiliado en vida en la Operadora de Pensiones.

Si el afiliado no estableció beneficiarios en la Operadora de Pensiones, los interesados deben tramitar el retiro de los recursos mediante el juzgado de trabajo, en un proceso igual al del retiro del FCL.

En relación con los procesos de reclamo del ROP por parte de parientes de beneficiarios fallecidos, la superintendente de pensiones, Rocío Aguilar, destacó desde meses atrás que ahora las familias pueden acudir a la vía laboral para recuperar los fondos mediante una forma “expedita y gratuita”.

La posibilidad surgió de la aprobación de la ley para agilizar la entrega de la pensión del Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias, en octubre pasado.

Eduardo Cruickshank, legislador del Partido Restauración Nacional (PRN), explicó en aquel momento que antes se usaba un trámite sucesorio que requería de la contratación de un abogado para que ese fondo pasara a manos de las familias, el cual, según dijo, era lento y caro.

No obstante, con la reforma legal, los beneficiarios de unos 33.000 afiliados fallecidos pueden acudir a la vía laboral, más expedita.

Vea el listado aquí