Jueza advierte ilegalidad de cobro de partes con cámaras

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La jueza de Casación Penal Rosaura Chinchilla Calderón advirtió que el cobro de multas por el sistema de cámaras es inviable, debido a que no existe ley que sustente la sanción contra el dueño registral del vehículo.

Según Chinchilla, en todos los artículos de la ley de tránsito que hacen referencia al uso de partes impersonales se sanciona al conductor y no al dueño registral.

Explicó que el reglamento para el uso de las cámaras traslada la responsabilidad del conductor del vehículo a su dueño.

Entre los artículos de la ley que hacen referencia solo al conductor en casos de partes impersonales, destacó el 130 a), 131 e) y el 132. Dijo que los conductores pueden alegar esta razón para apelar la infracción impuesta.

“Así las cosas, bastará que el dueño alegue que él no era quien conducía, para que las referidas multas queden sin efecto pues en caso contrario el nuestro sería uno de los pocos países en que, a través de un reglamento, se pueda modificar la ley”, manifestó.

El ministro de Transportes, Francisco Jiménez, negó la situación y dijo que el cobro impersonal se sustenta en la ley, aunque no especificó en cuál artículo.

“El cobro al dueño registral del vehículo está en la ley, donde señala que es el responsable o el solidariamente responsable. La otra es que se recargará al vehículo y se notificará a través de La Gaceta y un periódico de circulación nacional”, indicó el titular de la cartera de Transportes.