El feriado del 11 de abril, correspondiente al Día de la Batalla de Rivas, es de pago obligatorio y no se trasladará al lunes siguiente.
Según reiteró el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) en un comunicado de prensa emitido ayer, ningún trabajador podrá ser forzado a laborar en esa fecha, sin su consentimiento.
Quienes accedan a hacerlo, deberán recibir una remuneración doble, y quienes no lo hagan, recibirán el pago ordinario.
“Las empresas que tienen pago semanal; es decir, que reconocen el salario solo del tiempo efectivamente laborado de la semana, tienen que pagar normalmente los días laborados durante esa semana del disfrute y agregar un salario sencillo por el jueves 11 feriado. Si se trabaja durante el feriado, el salario adicional deberá ser doble”, explica el comunicado.
Aquellas compañías que paguen mensual o quincenalmente, deberán reconocer la semana completa de salario.
Sin embargo, Óscar Corrales, experto en derecho laboral, señaló que los artículos 150 y 151 del Código de Trabajo establecen casos excepcionales en los cuales los empleados deberán laborar.
Estos incluyen los trabajos “necesarios e impostergables para la buena marcha de una empresa.
”En estos casos, el patrono puede exigir a sus trabajadores presentarse a trabajar el día feriado, y el colaborador que no lo haga y no cuente con una causa justificada para ello, podría ser sancionado disciplinariamente”, manifestó Corrales.
El MTSS también resaltó que la legislación se aplica por igual para las empresas nacionales, internacionales y transnacionales.