Empresas eléctricas deberán avisar con ocho días de antelación racionamientos en servicios

Aresep aprobó nuevo reglamento para el Sistema Eléctrico Nacional

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Las empresas que brindan servicio eléctrico deberán informar a los usuarios detalladamente sobre la duración, frecuencia y ubicación de los racionamientos programados con ocho días de antelación. De no cumplir con esta directriz serían multados por el ente regulador.

La medida anunciada este miércoles por la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep), se incluye en un nuevo reglamento que fue aprobado por esa entidad, el cual busca regular la planificación, operación y el acceso al Sistema Eléctrico Nacional.

Este documento también establece que en caso de racionamientos debe prevalecer el criterio de mínima duración y frecuencia en lo que respecta a las interrupciones del servicio.

Además fija algunas condiciones para racionar el servicio tales como, que se programen de lunes a sábado, entre las 5 a.m. y 10 p.m.; y no se pueden interrumpir los servicios en hospitales, clínicas, estaciones de radio de emergencias, sistema de bombeo de agua potable, bombeo de combustibles, sector industrial, iluminación en carreteras, área metropolitana y sitios de concentración económica.

A la vez, la normativa contempla la interconexión y operación de micro y mini generadores con fuentes renovables para autoconsumo, lo cual permitirá que los usuarios instalen, en sus propiedades, equipo de generación eólica, biomásica y/o solar, para satisfacer sus necesidades de electricidad y puedan entregar los excedentes de producción a las empresas distribuidoras, para consumirlo posteriormente (intercambio de kWh).

Para esta labor, deberán contar con título habilitante (que debe definir el Minae), cumplir con las condiciones técnicas establecidas por la Aresep en la normativa y someterse a las pruebas operativas que las empresas requieren.

Según la Aresep, también se establecen criterios para medir la calidad del servicio de transmisión y generación.