¿Deben decidir los ciudadanos si quieren a UBER en el país? Asociación presenta al TSE solicitud de referendo

La organización AVES acudió este viernes a presentar la gestión ante Tribunal

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La legalización de los servicios de transporte como los que brinda Uber y otras plataformas tecnológicas podría quedar en manos de los ciudadanos, de concretarse la iniciativa de una organización denominada Asociación Víctimas del Estado (AVES).

Este grupo presentó este viernes ante el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) una solicitud para someter a referendo un proyecto de ley que regularice a Uber, Cabify, Onbis y otros.

“Debe ser el pueblo y no el Gobierno quien elija si quiere los servicios de Uber”, expresó Carlos Porras, presidente de AVES, quien presentó la gestión.

La propuesta se da luego de que el Consejo de Gobierno acordó el martes pasado “instar” a la empresa Uber a dejar de operar en Costa Rica, ante la presión de taxistas que amenazaban con bloqueos.

Uber cumplió en agosto tres años de operar en el país y según la empresa tienen 22.000 choferes asociados y casi 800.000 usuarios.

La iniciativa de ley para promover y garantizar las plataformas informáticas y/o tecnologías en materia de transporte, fue elaborada por AVES.

“El fin de nuestra Asociación es defender a las personas de los abusos del Estado. El proyecto propone que se pueda brindar el servicio público de transporte mediante una plataforma tecnológica y que nos autorice para recoger firmas para que luego sea el pueblo el que decida si quiere servicios de UBER. Creemos que es fundamental que si este es un servicio de transporte, el pueblo es el que decida o no si lo quiere y no el Gobierno”, indicó Porras.

AVES es una asociación que se constituyó formalmente a inicios de este año y tiene unos 25 miembros.

El grupo aplicará el mecanismo de referendo por iniciativa ciudadana, establecido en la Ley de Referendo del 2002.

Héctor Fernández, director del Registro Electoral del TSE, explicó que lo primero es determinar que la solicitud no alcance algunos de los temas prohibidos por la ley para someter a referendo, como derechos humanos, penal, contratos del Estado o impuestos.

Luego, dijo, el Tribunal manda el texto del proyecto de ley al Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa para que lo revise de manera formal, proceso que durará ocho días hábiles.

“Dice la ley (de referendo) que ese Departamento puede incluso subsanar cualquier defecto de forma. Ya una vez que pasa por ese filtro se devuelve al Tribunal”.

Si no ha tenido ningún inconveniente, el TSE autorizaría la recolección de firmas. Para entonces, los interesados deberán presentar los formularios apegados a un formato existente.

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Proceso para solicitar referendo

Según el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) el trámite para solicitar un referéndum de iniciativa ciudadana será el siguiente:

1- Cualquier interesado en la convocatoria a referéndum podrá solicitar, ante el TSE, autorización para recoger firmas.

2- La solicitud deberá indicar en el texto por consultar en referéndum (proyecto de ley en este caso), las razones que justifican la propuesta, así como los nombres, los números de cédula; las calidades de ley de los interesados y el lugar para recibir notificaciones.

3- El TSE remitirá el texto del proyecto normativo a la Asamblea Legislativa, a fin de que sea evaluado desde el punto de vista formal por el Departamento de Servicios Técnicos, el cual se pronunciará en un lapso de ocho días hábiles, luego de realizar las consultas obligatorias correspondientes. Si el texto contiene vicios formales, dicho Departamento los subsanará de oficio y devolverá el texto corregido al Tribunal.

4- Si el proyecto carece de vicios formales, el Tribunal ordenará su publicación en La Gaceta y el interesado procederá a recolectar las firmas de por lo menos un cinco por ciento (5%) de los ciudadanos inscritos en el padrón electoral en los formularios brindados por el Tribunal. En esta ocasión, corresponderían 166.116 firmas, según el padrón para las elecciones de febrero de 2018.

5- El interesado en la convocatoria a referéndum contará con un plazo hasta de nueve meses para recolectar las firmas a partir de la publicación indicada. De vencerse dicho plazo sin haber recolectado las firmas respectivas, el interesado podrá solicitar ante el Tribunal una prórroga hasta por un mes más. Expirado este plazo adicional, se denegará cualquier petición de prórroga adicional y la gestión se archivará sin más trámite.

En Costa Rica, a la fecha, solo se ha realizado un referendo. Se trata de la consulta para aprobar el Tratado de Libre Comercio con Centroamérica, República Dominicana y Estados Unidos, el 7 de octubre de 2007.

Colaboró Alonso Tenorio, fotógrafo de La Nación