Basta pagar último recibo adeudado para exigir restablecimiento de un servicio público

Si el prestatario deja correr varios meses sin pago, solo puede reclamar el último

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San José (Redacción). Si un usuario no paga un servicio público, la empresa prestataria puede cortarlo o suspenderlo.

No obstante, si el prestatario dejar correr varios meses sin pago, no puede obligar al usuario pagar toda la deuda para restablecer el servicio. Solo será necesario que pague el último recibo adeudado.

Así la comunicó la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos (Aresep) con base en una resolución de noviembre de 2006.

“Si el usuario paga la factura más reciente, el operador pierde el derecho de corte del servicio público. Mientras el abonado esté al día con el mes vigente, el corte o suspensión del servicio no procede, aunque tenga otros recibos pendientes”, informó.

Esto en consideración de que es obligación del prestatario ejecutar las medidas de cobro correspondientes en el momento del atraso.

Si no lo hace, debería ir a cobrar las facturas más antiguas a un procedimiento administrativa o judicial.

De acuerdo con la Aresep, los recibos deben ser claros y no inducir a error.

En este año, la entidad recibió 255 quejas por facturación que incluye cobros indebidos, irregularidades en las tarifas, información poco clara o cobros no justificados.

“El servicio con mayor cantidad de quejas es el de Acueductos y Alcantarillados con 162, electricidad acumula 80 quejas e hidrocarburos 4”, precisó.