Al 2022 le quedan dos feriados, uno de ellos con fin de semana largo

Uno es de pago obligatorio y otro de pago no obligatorio

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A dos meses de que finalice el año 2022, quedan dos feriados por conmemorar, pero tienen una condición de pago diferente.

Feriado de pago no obligatorio

1 de diciembre, Abolición del Ejército de Costa Rica

Ese día se conmemora la Abolición del Ejército en 1948, pero, el disfrute se traslada al lunes 5 de diciembre lo cual implica un fin de semana largo.

Feriado de pago obligatorio

25 de diciembre, Navidad

Es domingo y es de pago obligatorio.

Por ley, ningún trabajador está obligado a laborar en un día feriado, sin importar si la empresa de nacional, internacional o transnacional. Tampoco puede ser sancionado.

Entonces, en caso de que un empleado llegue a mutuo acuerdo con el patrono para laborar el 25 de diciembre, que es día de pago obligatorio, debe recibir un pago doble, sin importar si su salario es diario, semanal, quincenal o mensual. Así lo establece en el Código de Trabajo.

Si hace horas extras en un feriado de pago obligatorio, deben ser reconocidas al triple (cada hora extra se paga como una hora y media ordinaria, en los feriados al pagarse el día doble el valor de la hora es del triple al de una hora normal).

En el caso de pago no obligatorio, como el que se aplicará el 1.° de diciembre, rigen las siguientes condiciones.

En actividades no comerciales, donde las personas que ganan por horas diarias, las cuales se cancelan el mismo día o al final de cada semana, el trabajador tendrá garantizado su derecho al descanso, pero el patrono no está obligado a hacer el pago sencillo de ese día en su remuneración.

No obstante, si el colaborador decide trabajar el día, se les otorgará un pago de día ordinariono doble. Las horas extra, igualmente, se deben pagar de forma ordinaria (tiempo y medio), según el Código de Trabajo.

Cuando la jornada es quincenal, mensual, o bien, semanal en comercio: Esta situación cambia para los trabajadores que reciben pagos mensuales o quincenales, así como aquellos que reciben paga semanal por laborar en actividades dedicadas al comercio.

Los empleadores y centros de trabajo que remuneran a sus empleados de esa forma están obligados a reconocer el salario de todos los días del mes, esto incluye descansos semanales y feriados.