Salud alista ‘norma técnica’ de fumado en centros de trabajo

Patronos y comités de salud ocupacional definirán si hay sitios aptos para fumar

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El Ministerio de Salud trabaja en la redacción de una “norma técnica” que permita a patronos y comisiones de salud ocupacional definir si en sus centros de trabajo existen áreas aptas para fumadores.

Esta normativa se incluirá como anexo al Reglamento a la Ley General de Control de Tabaco y sus Efectos Nocivos en la Salud , vigente desde el 27 de junio.

Así lo explicó la ministra de esa cartera, Daisy Corrales, en una entrevista con La Nación.

De esta forma, la jerarca pretende subsanar la incertidumbre que generó el reglamento al establecer, como excepción, la posibilidad de fumar al aire libre y “a una distancia no menor de cinco metros de la unidad productiva de trabajo o de sus lugares anexos y conexos”.

Esa opción se incluyó en la versión final del reglamento, luego de recibir una carta de 700 trabajadores fumadores que laboran en parques industriales, principalmente.

El grupo envió la misiva en la consulta pública del reglamento.

Para la jerarca, la carta los alertó del riesgo de que estos grupos pudieran acudir a la Sala Constitucional a reclamar sus derechos, y traerse abajo la legislación.

“Las personas fumadoras también tienen sus derechos (...). Al no incorporar usted a alguien, ignorando los derechos de las personas, pone en riesgo cualquier ley”, dijo.

La ministra también manifestó su preocupación por las condiciones a las que se lanzaría el fumador que trabaja, por ejemplo, en zonas francas.

“Es muy fácil hacer una ley de estas y tirar la gente fumadora a la calle, que son personas con mayor susceptibilidad pulmonar y, en invierno, pueden pasar aguaceros; en zonas oscuras, que los asalten y algún patrono puede determinar que hay un abandono de trabajo”, añadió Corrales.

De acuerdo con estas consideraciones, decidieron elaborar el anexo. Incluso, Corrales estudia si podría, en el documento, ponerle un plazo de cinco años a esa posibilidad de fumar en sitios de trabajo.

Confusión. El anuncio de la ministra sobre la elaboración de la “norma técnica” se da luego de que abogados laboralistas interpretaron que el Reglamento deja en manos de los patronos definir las áreas de fumado. Esto, a falta de claridad sobre qué debía entenderse por “unidad productiva”.

“El Reglamento flexibiliza la posibilidad de fumar en áreas al aire libre que estén a cinco metros de la ‘unidad productiva’. También se puede fumar en áreas anexas y conexas donde no laboren los trabajadores y estén a cinco metros de una unidad productiva, al aire libre”, explicó días atrás Alejandro Trejos, especialista en Derecho de Trabajo, tras analizar el Reglamento.

Empero, la ministra rechaza que esa normativa permita fumar en el centro de trabajo, ni en sus espacios conexos o anexos.

“Centro de trabajo es igual a unidad productiva, lo dice el Reglamento (...). No se puede fumar en el centro de trabajo completo, oficinas, parqueo, un jardín; todo esto, así incluido, es el centro de trabajo”, expresó la jerarca.

El anexo al Reglamento es una prioridad para Corrales, aunque no definió fecha de publicación.

Entre tanto, la normativa ya afronta su primer cuestionamiento ante la Sala Constitucional, pero de grupos antitabaco.