Resolución del SNE difiere de Sala IV

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Pese a que las autoridades del SNE basaron su resolución de eliminar la cuota de sucripción telefónica en el voto 5775 de 1993 de Sala IV, Rodolfo Piza, magistrado del alto tribunal, aseveró que el fallo no contempla ningún tipo de pago.

Tal aclaración se da en momentos en que el anuncio ha provocado una avalancha de reclamos en la oficinas del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), ante la duda de muchos sobre si el pago hecho años atrás es reembolsable.

No obstante, esta disposición solo será efectiva hasta que salga publicada en La Gaceta. Antes de ello, los cobros se efectuarán normalmente.

En una entrevista concedida a La Nación Piza indicó que la Sala Constitucional no se ha pronunciado específicamente respecto a ese tema porque nadie lo ha consultado.

Por el contrario, puntualizó que el voto 5775, en el que supuestamente se basó el Servicio Nacional de Electricidad (SNE) para eliminar dicha cuota, se refiere a si a una persona se le puede suprimir el servicio telefónico o suspender temporalmente por falta de pago. En este caso, se falló lo segundo.

"Supongo que el SNE deduce que como no negamos el acceso a un servicio ni el salir de él; tampoco se podía cobrar por el acceso. Hay una pequeña diferencia... Simplemente no hemos dicho si se puede o no cobrar esa subcripción", recalcó Piza.

Entretanto, Leonel Fonseca, presidente ejecutivo del SNE, insistió en que una vez que la disposición salga publicada en La Gaceta (posiblemente en 15 ó 22 días) debe ser acatada.

¿Habría reembolso?

Tanto Luis Fernando Esquivel, jefe de la dirección de Servicio al Cliente, como el subjete, Jorge Sánchez, informaron que la gente que solicita devolución de dinero o instalación telefónica sin cuota de suscripción (que pasó de ¢45.000 en comercial y ¢30.000 residencial a ¢13.000 en ambas) se incrementó considerablemente entre el jueves y viernes anteriores.

Entretanto, Fonseca explicó que aun no está del todo claro cómo se reembolsará el dinero por subcripción en los que casos en que el servicio está por instalarse. Pero enfatizó: "Los que pagamos servicio desde 1960 en adelante ya no tendríamos derecho al pago porque ya recibimos el servicio".