Presidenta de CCSS pide anular decreto de Luis Guillermo Solís sobre FIV

Jerarca se opuso a que se regule la fecundación 'in vitro' por medio de la directriz emitida por el mandatario pues considera que esa técnica solo se puede reglamentar por vía de ley

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La presidenta ejecutiva de la CCSS, María del Rocío Sáenz, le solicitó a la Sala Constitucional anular el decreto del presidente Luis Guillermo Solís, que autoriza la realización de la fecundación in vitro en el país, publicado el 11 de setiembre.

En su respuesta a los magistrados constitucionales, la jerarca de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) se manifestó en contra de que la técnica se regule mediante un decreto y apuntó que la entidad aboga por una normativa adecuada para reglar ese tema, o sea una ley "formal y material".

"Las instancias técnicas de la CCSS han advertido que la autorización de esta técnica no podía dejar de lado la regulación de aspectos que pueden alterar, afectar, modificar, variar o violentar elementos esenciales de la vida, de procreación, de filiación, sancionatorios, etc.", dijo Sáenz Madrigal.

La respuesta se dio a solicitud de los magistrados que estudian la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Alexandra Loría y otras personas en contra del decreto ejecutivo 39210-MP-483-297.

Entre sus señalamientos, Sáenz aseguró que el decreto tiene varios "defectos relevantes", entre ellos que no se regula el tiempo durante el que se pueden congelar los embriones y las condiciones legales en que pueden ser reclamados; además de que no se establecen las reglas para la donación, sobre todo en cuanto al banco de donantes, ni los derechos y obligaciones del donante, ni los del receptor o los receptores.

"No se hace referencia a las normas del Código Civil, de Familia y del Penal que van a ser modificadas o derogadas, en aspectos referentes a paternidad, filiación, patrimonio y régimen sancionatorio", señaló la nota.

Según la jerarca de la CCSS, tampoco se establece el procedimiento para otorgar certificados de funcionamiento de los laboratorios de FIV, ni las condiciones para otorgarlos. En cuanto a sanciones, aseguró que no se hace referencia a cuáles serían, en caso de incumplimientos.

En ese mismo asunto, añadió que el decreto no tiene regulación sobre las responsabilidades de los profesionales que apliquen la técnica de in vitro en el ámbito privado.

Aspectos básicos.

Sáenz remitió la respuesta a la Sala Constitucional el 30 de octubre, con otras críticas al decreto firmado por Luis Guillermo Solís el 10 de setiembre, y publicado en La Gaceta el 11 de ese mes.

Para ella, la directriz de autorización a la FIV no explica en qué consiste el procedimiento de la técnica de fecundación, ni menciona el tratamiento que se le dará a los embriones sobrantes o bien, cuál será la fuente presupuestaria para que la Caja ofrezca ese procedimiento.

Ya en la sesión 8799 de la Junta Directiva de la Caja, celebrada el 9 de setiembre pasado, se había emitido un criterio negativo en contra de la pretención del Gobierno de autorizar la técnica por vía de decreto.

La aplicación de esa directriz presidencial está suspendida desde el 7 de octubre, cuando la Sala Constitucional acogió para su estudio la acción de inconstitucionalidad presentada por Loría y varios diputados evangélicos.

Ante esa decisión de los magistrados, la Corte Interamericana de Derechos Humanos le pidió explicaciones al Gobierno, pues desde noviembre del 2012, ese tribunal regional sentenció al Estado costarricense por impedir, desde el año 2000, la aplicación de la FIV en el país.

Desde ese momento, la Asamblea Legislativa ha discutido proyectos de ley para autorizar su empleo, sin éxito, debido al bloqueo de los diputados evangélicos, principalmente.