¿Un parqueo subterráneo debajo del parque de la Merced? Diputados impulsan el plan

Avanza proyecto de ley que autoriza construcción de parqueo subterráneo

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Los diputados de la Comisión de Asuntos Municipales de la Asamblea Legislativa revivieron el proyecto de la Municipalidad de San José de construir un parqueo subterráneo debajo del parque Braulio Carrillo, conocido popularmente como parque de la Merced, en el corazón de la capital.

Tanto el ayuntamiento como la propuesta de ley destacan la relevancia de construir el parqueo para aliviar las necesidades de estacionamiento que tiene la ciudad, en un punto considerado como estratégico, debido a su cercanía con los hospitales San Juan de Dios y el Nacional de Niños, así como los mercados Central y Borbón, entre otros edificios públicos de importancia y negocios privados.

El plan de prefactibilidad, elaborado hace más de tres años, estimaba que se podían habilitar 360 espacios de parqueo para automóviles livianos en un área de 9.200 metros cuadrados y con un costo constructivo estimado en $12 millones.

La idea de la administración saliente, liderada por Johnny Araya, contemplaba efectuar las obras por medio de una concesión, de forma que la corporación territorial asuma el control del parque, una vez que la empresa encargada recupere su inversión mediante el cobro de tarifas a los usuarios.

El pasado miércoles 28 de febrero, los siete legisladores de Asuntos Municipales dictaminaron positivamente el proyecto para modificar el uso del subsuelo del terreno propiedad del ayuntamiento josefino. El plan lo presentó el diputado Danny Vargas, de Liberación Nacional (PLN), en octubre del 2022. Ahora, el expediente pasará a análisis del plenario legislativo.

No obstante, la iniciativa legislativa no es suficiente para garantizar la concreción de la obra. Aún está pendiente que las nuevas autoridades municipales, que tomarán posesión el próximo 1.° de mayo, definan si darán continuidad o no al plan.

De igual forma, la Municipalidad debe realizar nuevas valoraciones técnicas y actualizar el estudio de prefactibilidad existente, el cual tiene más de tres años de antigüedad.

Si bien la obra está incluida en el Plan de Desarrollo Cantonal 2020-2024, no se había logrado avanzar, ya que, sin la autorización legislativa, carece de viabilidad jurídica.

Lorena Romero, gerente de Provisión de Servicios de la Municipalidad de San José, estimó que realizar todas las etapas preparatorias para la construcción demandaría al menos 24 meses

Alcalde electo desconocía proyecto de ley

Ante una consulta de La Nación, el alcalde electo de San José, Diego Miranda, del partido Juntos San José, dijo desconocer la existencia y trámite del proyecto de ley, por lo que no se podía referir a su contenido. “Lo que voy a hacer es enterarme primero del proyecto”, dijo.

Agregó que el ayuntamiento debe valorar los beneficios que podría generar la propuesta para la ciudad y sus habitantes.

“En tanto el proyecto no esté avanzado, lo que nosotros sí vamos a tratar de garantizar es que sea un proyecto ambientalmente sostenible, si en algún momento se llegara a plantear y que sea un proyecto que realmente respete, por ejemplo, la salud y el ordenamiento urbano. Si es un proyecto que en algún momento podrá beneficiar a San José, lo tendremos en cuenta”, explicó.

Miranda asumirá las riendas de la Municipalidad de San José, tras ocho años como regidor en ese mismo gobierno local.

¿En qué consiste el proyecto de ley?

El proyecto de ley autoriza que, en el subsuelo del parque, se pueda construir y operar un estacionamiento público para vehículos, el cual contaría con varios niveles. Asimismo, permite que la Municipalidad pueda dar a ese terreno otros usos complementarios acordes a la zonificación existente.

El proyecto de ley aclara que la superficie sobre la cual se encuentra el parque mantendrá su naturaleza de dominio público, al tiempo que prohíbe su modificación, alteración o que se pueda limitar en cualquier sentido, salvo para las mejoras que el gobierno local considere necesarias en beneficio de la comunidad.

Procuraduría hace advertencia a diputados

Al respecto, los diputados Ariel Robles, del Frente Amplio (FA), y Olga Morera, del Partido Nueva República (PNR), indicaron interés en modificar la propuesta original para que se recurra a la figura de “mutación demanial”, en lugar de pasar de un uso de suelo demanial a uno patrimonial.

Los legisladores se inclinan por esta variación a partir de una recomendación que hizo la Procuraduría General de la República (PGR), por el riesgo que correría el parque en caso de que el terreno del subsuelo quede embargado en un litigio.

“Consideramos que no habría razón para excluir esa propiedad del régimen de dominio público al que pertenece, específicamente el subsuelo”, señala un criterio enviado por la PGR a la Comisión de Asuntos Municipales.

Para el abogado del Estado, bastaría con que los legisladores modifiquen el texto para definir con mayor precisión los usos o actividades complementarias que se desean implementar en ese espacio y si se desea la colaboración de la empresa privada, prever la posibilidad de que el subsuelo sea susceptible de darse en concesión por un tiempo determinado para la construcción y explotación del parqueo público a cargo de un particular.

La Procuraduría explicó que, con la figura de mutación demanial, el bien puede o no cambiar de titular, pero sigue destinado a satisfacer el interés público.

Por el contrario, la desafectación de uso demanial implica que un bien de dominio público pasa a formar parte de los bienes patrimoniales de la Administración Pública.

La PGR advirtió de que el cambio a bien patrimonial haría a las obras en el subsuelo susceptibles de ser embargadas por orden de un juez ejecutor de la jurisdicción contencioso-administrativa ante un eventual litigio, “con lo que podría comprometerse en última instancia el fin de utilidad pública del propio parque”.

“Los bienes llamados como de dominio público o demaniales tienen una finalidad de utilidad general, por lo que poseen un régimen especial de protección y uso, situación que los excluye del comercio privado; y por ende son inalienables, imprescriptibles e inembargables.

“Por su parte, los bienes de dominio privado o patrimoniales, son aquellos que no están destinados de un modo permanente a un servicio u uso público, ni han sido afectados a un fin público”, añadió la Procuraduría.