TSE justifica exclusividad de 274 tipos de puestos, para evitar regulación de Mideplán

Alega que todos sus puestos de trabajo, incluidos choferes, informáticos o conserjes, participan de labores sustantivas en la institución.

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El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) alega que sus 274 tipos de puestos de trabajo participan de labores sustantivas y, en consecuencia, fueron declarados como esenciales para el cumplimiento de los objetivos de la institución.

Así lo justificó Sandra Mora, directora ejecutiva del TSE, al referirse a la decisión que califica a todos los puestos del Tribunal como “exclusivos y excluyentes” como parte de la implementación de la Ley Marco de Empleo Público.

“Todos de una u otra forma participan de los procesos sustantivos o misionales de la institución”, indicó la directora sobre la definición del Tribunal.

La directora ejecutiva del TSE explicó que la institución definió una metodología objetiva y verificable para considerar esenciales los puestos de choferes, secretarias o personal de limpieza.

“Verificable me refiero a que está totalmente respaldada con las normativa que nos cobija como tribunal y con toda la documentación interna que se ha definido para establecer las líneas de acción del Tribunal Supremo de Elecciones. Es decir, nuestro marco filosófico, nuestro mapa de procesos, nuestro manual descriptivo de puestos”, indicó Mora.

Esa revisión llevó a “tamizar” a todos los puestos, de “manera igualitaria, sin ninguna distinción alguna”, dijo Mora. “Es decir, (se realizaron) 274 descripciones de puestos, definiéndose y determinándose que todos de una u otra forma participan de los procesos sustantivos o misionales de la institución”, remarcó.

Con esa decisión, el TSE evita que sean regulados por el Ministerio de Planificación y Política Económica (Mideplán) los salarios globales de los puestos comunes con otras instituciones, como choferes, secretarias, guardas o, incluso, proveedores o informáticos, como lo contempla la legislación revisada por la Sala IV.

La reforma al empleo público busca cumplir el principio de igual salario por igual trabajo, en idénticas idénticas condiciones de eficiencia. Para ello, faculta al Mideplán a regular, entre otras cosas, salarios de los puestos comunes de las instituciones con autonomía constitucional.

Sin embargo, permite a esas entidades elaborar una lista del personal “exclusivo y excluyente”, es decir, esencial para el desempeño de la institución, que estarían fuera de la rectoría de Planificación.

Al jueves 9 de marzo, un día antes de que entrara en vigencia la ley, 66 instituciones autónomas habían declarado indispensable a todo su personal. Estas son el Poder Judicial, TSE, Universidad de Costa Rica, 59 municipalidades y los concejos municipales de los distritos de Lepanto, Monteverde, Peñas Blancas y Cervantes.

Con la entrada en vigencia de la legislación, el pasado viernes Mideplán publicó el reglamento que introduce un salario global transitorio durante un periodo no mayor a seis meses, mientras las instituciones construyen la escala salarial definitiva establecida por la reforma.

Mora comunicó que el TSE implementará la remuneración transitoria, la cual debe ser de un solo monto en cada categoría salarial, pero será configurada a través de un salario base más incentivos, excepto anualidades.