Tributación suspende decreto que impedía introducir automóviles modelo 2018

Gobierno toma medida mientras se resuelve caso en Sala IV, con la condición de que los carros sean inscritos aquí según su año de fabricación

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San José

La Dirección General de Tributación (DGT) suspendió el 16 de marzo el decreto que impide introducir, al mercado nacional, vehículos cuyo modelo corresponda al próximo año, antes de que llegue el mes de setiembre.

La decisión ya permitió a un grupo de importadores nacionalizar 81 vehículos modelo 2018, que estaban varados en patios aduaneros, pero como si fueran del 2017.

Tributación decidió que el decreto 39941, emitido el 10 de agosto del 2016, no se aplicará mientras la Sala IV no resuelva una acción de inconstitucionalidad presentada en su contra. El gobierno emitió esa norma para impedir que el ingreso adelantado de carros último modelo devaluara el resto de la flota vehicular y, por tanto, el cobro del impuesto como los de ventas, selectivo de consumo y propiedad de vehículos.

LEA: Hacienda restringe importación de carros nuevos para evitar caída en valor fiscal

No obstante, la DGT puso varias condiciones para que los importadores de vehículos nuevos puedan nacionalizar los automotores del año siguiente, que ya están en almacenes fiscales del país.

"Solo pueden ser nacionalizados (los vehículos) si se les asigna el año calendario correspondiente al año en que el vehículo es producido o diseñado por el fabricante; en este caso todos los vehículos tendrán año modelo 2017 o anteriores, pero nunca podrán ser años superiores al año calendario vigente, para lo cual, deberá indicarse como año modelo, el concerniente al 2017", se lee en el oficio DGT-305-2017, que firmó el director de la DGT, Carlos Vargas Durán.

Además, la DGT obligó a que se usen las clases tributarias del año 2017 como referencia para determinar el valor fiscal y el pago de impuestos de esos carros.

El director general de Aduanas, Wilson Céspedes, se acogió al artículo 8 de la Ley General de Aduanas y al 117 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios para negar información sobre cuáles importadores de vehículos resultaron beneficiados con la suspensión del decreto.

El decreto 39941 fue llevado a la Sala IV por la Asociación Consumidores Libres (ACL), el 14 de febrero pasado. Allí, la ACL impugna la aplicación del artículo 2 bis.

Ese es el numeral que dispone que, cuando se trate de la importación de un vehículo nuevo cuyo año modelo corresponda al año siguiente del año calendario vigente, la importación deberá realizarse a partir del 1° de setiembre del año calendario vigente, y obliga a que exista coincidencia entre la información suministrada a Hacienda y el número de identificación vehicular (VIN, por sus siglas en inglés).

La Asociación argumenta que la norma es inconstitucional porque lesiona los derechos fundamentales de los consumidores como la libertad de comercio, contractual y de elección, porque violenta los principios de razonabilidad y proporcionalidad al prohibir la importación de vehículos nuevos y porque dichas limitantes solo se pueden ejercer mediante una ley y no a través de un decreto, como ocurrió en este caso.

"En esencia, el Estado pretende inmiscuirse en el tráfico comercial y prohibir la compra-venta de vehículos últimos modelo durante gran parte del año vía acto administrativo de alcance general, impidiéndole, por un lado, a los consumidores elegir los vehículos que más ventajas les depara, no solamente a ellos, sino también al medioambiente, con vehículos más modernos que emiten menos contaminación, e incluso al mismo Fisco, que recauda más impuestos entre más nuevos sean los modelos de los vehículos que se importan y, por otro lado, a las empresas importadoras de vehículos, para que realicen una actividad económica lícita", se lee en la acción de la ACL.

La semana pasada, La Nación publicó que, el 13 de marzo, la Procuraduría General de la República (PGR) concluyó que el decreto es inconstitucional, según consta en un pronunciamiento enviado a la Sala IV, luego de que esta le concedió audiencia escrita para que se refiriera a la acción de inconstitucionalidad.

Según el documento, que llegó a la Corte firmado por el Procurador General, Julio Jurado, el decreto restringe la libertad de comercio, lo cual implica una "intromisión en el mercado" de parte del Ejecutivo que, según el jefe de la PGR, carecía de potestad legal para emitir un decreto de ese tipo.

"En el presente caso no se advierte una norma legal que habilite a la Administración Tributaria a imponer una medida de restricción a la importación de vehículos nuevos, de manera que su creación, a través de un decreto ejecutivo, contraviene los principios de reserva de ley y excede la potestad reglamentaria (...). Se estima que el artículo 2 bis del decreto ejecutivo vulnera el principio de legalidad, la reserva de ley y la potestad reglamentaria. En consecuencia, la norma es inconstitucional", dice el oficio.

TAMBIÉN: Procuraduría: decreto que restringe la importación de carros nuevos es inconstitucional

La semana pasada el viceministro de Ingresos de Hacienda, Fernando Rodríguez, se negó a ofrecer un estimado de la cifra que el Estado pudo dejar de ingresar por cobro de impuestos producto del freno a la importación de carros con año modelo adelante del actual.