Tribunal anula sanción de Contraloría contra exdirector de Hacienda por hueco fiscal

Tribunal Contencioso Administrativo inhabilitó las sanciones contra Julio César Espinoza, exdirector de Crédito Público del Ministerio de Hacienda, a quien deberá pagársele ¢5 millones por daño moral

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El Tribunal Contencioso Administrativo anuló las sanciones impuestas por la Contraloría General de la República (CGR) contra Julio César Espinoza Rodríguez, exdirector de Crédito Público del Ministerio de Hacienda, por el caso conocido como “hueco fiscal”.

Espinoza y otros exjerarcas de Hacienda fueron investigados porque, en el 2018, el gobierno pagó compromisos con sus acreedores sin tener contenido presupuestario, debido a que la administración de Luis Guillermo Solís había dejado un faltante de ¢600.000 millones, en el presupuesto de la República de 2018, a la de Carlos Alvarado.

Los acreedores eran, mayoritariamente, instituciones públicas que prestan dinero al gobierno, mediante la compra de bonos de deuda pública, a cambio del pago de intereses.

Julio César Espinoza sí fue sancionado por la Contraloría en el 2020, con una inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos y la remisión de piezas al Ministerio Público para que se iniciara una investigación de tipo penal.

Según la firma Officium Legal, representante del exfuncionario, la inhabilitación también llevó a la destitución de Espinoza como director en el Banco de Costa Rica (BCR) por instrucciones de la Contraloría. Ese despido fue respaldado por el Consejo de Gobierno.

No obstante, el Tribunal Contencioso Administrativo encontró vicios graves en el acto de apertura y en la resolución final del procedimiento administrativo contra Espinoza.

De acuerdo con la resolución, se transgredieron los principios de intimación e imputación en la apertura del caso, lo que contravino el derecho de defensa el exdirector.

“En el caso concreto, la imputación se hace mediante un listado general de normas que se citan infringidas, sin que se haga mención particular o correlación al hecho intimado, ni a la posible falta y su sanción. Incluso, en algunos casos, como ya se analizó, se citan hechos que no fueron intimados o precisados”, dice la resolución.

Agrega que se citaron “normas que son ajenas al hecho investigado”, así como normas supuestamente quebrantadas con una gran cantidad de supuestos sin precisar.

El Tribunal recalcó que, en toda investigación, el sospechoso debe de saber que el hecho que se le imputa puede ser una falta prevista en el ordenamiento jurídico, al que corresponde una sanción, para de esta manera asegurar el conocimiento de las consecuencias jurídicas.

Por esos motivos, los jueces determinaron que todas las sanciones fueran anuladas, y se desestimara el caso penal del Ministerio Público.

Según consta en la resolución N.° 2024000636 del pasado 31 de enero, el Tribunal acogió parcialmente la demanda establecida por Espinoza contra la CGR y la Procuraduría General de la República (PGR). Ahora, el Estado deberá pagarle al exfuncionario ¢5 millones por el daño moral que le causaron.

Después de encontrarse el huevo fiscal, para solventar la carencia de recursos y pagar a los inversionistas, el Ministerio de Hacienda debió enviar a la Asamblea Legislativa un presupuesto extraordinario. El caso llevó a la CGR a abrir un investigación contra Luis Guillermo Solís, pero año y cuatro meses después, se descartó cualquier sanción contra el exmandatario.