Sociedades disueltas podrán reinscribirse si cumplen este requisito

Diputados aprobaron proyecto para reactivar personas jurídicas que desaparecieron por morosidad tributaria

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Los diputados aprobaron en primer debate, el miércoles, un proyecto de ley para autorizar la reinscripción de las personas jurídicas que fueron disueltas por morosidad tributaria o vencimiento de su escritura.

Para solicitar la reinscripción, la persona tendrá que pagar las deudas que ocasionaron su disolución, tanto el principal como las sanciones, multas e intereses generados por la deuda de impuestos.

Se trata de una iniciativa para que todo tipo de sociedad pueda recuperar su personalidad jurídica y siga llevando las actividades comerciales que tenían a su cargo, pero que cesaron al no poder pagar el impuesto a las sociedades.

La opción aplicaría para sociedades mercantiles, sucursales de una sociedad extranjera o su representante, empresas individuales de responsabilidad limitada, casas extranjeras, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada y sociedades en comandita.

El expediente 22.930 establece que la solicitud de reinscripción podrá realizar en el Registro Nacional de la Propiedad, en un plazo máximo de tres años después de la declaratoria de disolución.

En el caso de que la sociedad haya sido disuelta por el vencimiento del plazo de su escritura social, se le permitirá solicitar la reinscripción igualmente en un plazo máximo de tres años después de la disolución, luego de pagar todos los saldos pendientes correspondientes al impuesto a las personas jurídicas.

En el plazo de los tres años, el Registro de Personas Jurídicas mantendrá la protección de la razón social que tenga la sociedad, para que no desaparezca.

El plan fue impulsado por Karine Niño, de Liberación Nacional (PLN), y Pablo Abarca, de la Unidad Social Cristiana (PUSC), y recibió el apoyo de los 42 congresistas presentes en el plenario.

Actualmente, las sociedades mercantiles pueden ser disueltas cuando acumulen tres periodos de no pagar el impuesto a las sociedades.

El argumento de los dos legisladores es que la economía ha enfrentado una grave crisis que se agravó con la pandemia de covid-19, lo que generó muchísimas dificultades para que las sociedades pudieran honrar sus obligaciones tributarias.

“Es un hecho que esta disposición, si no se ajusta adecuadamente para contemplar la posibilidad de que las sociedades se pongan completamente al día y así puedan ser reinscritas, generará daños al fisco y en general a la economía, en virtud del cese de las actividades de estas sociedades, acompañado de la reducción de empleos debido a la desaparición de estas personas jurídicas”, argumentaron Niño y Abarca en la exposición de motivos del proyecto.

“Esta ley pretende dar la posibilidad de reinscripción a todas esas sociedades que, a raíz de la grave crisis económica, no han podido hacer frente al pago del impuesto a las personas jurídicas”, afirmaron.