Salario de candidato no puede cobrarse al TSE

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El director del Registro Electoral y de Financiamiento de Partidos Políticos, Héctor Fernández, aclaró ayer que un salario que se pague a un candidato presidencial no se le puede cobrar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) como parte de la contribución estatal.

Fernández aclaró que cuando La Nación le consultó sobre la posibilidad de que se cobre ese gasto al TSE no tenía en cuenta una resolución del 2007, con la que los magistrados cerraron esa posibilidad.

“La resolución sostiene lo que dije sobre la potestad de autorregulación de los partidos, que sí pueden dar un salario a su candidato, pero no cobrarlo como parte de los gastos de organización”, añadió.

La discusión sobre la remuneración a los candidatos fue puesta sobre la mesa por el candidato del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), Rodolfo Hernández, quien dejó temporalmente la dirección del Hospital Nacional de Niños para dedicarse a la política un año.

Hernández no tiene remuneración como aspirante presidencial pues su partido no lo establece, y mientras dure su campaña se debe sostener con el apoyo económico de su familia, según afirmó.

El director del Registro Electoral enfatizó que el partido que decida tomar parte de sus recursos para dar un salario a su aspirante presidencial deberá reportar el origen de esos fondos, como cualquier otra fuente de ingresos que tenga.

“El candidato presidencial no es un prestatario de servicios profesionales; por eso no es posible que ese pago sea reconocido. El criterio expresado por el TSE en el 2007 no ha variado, no hay ninguna resolución más reciente donde se toque el asunto”, añadió Fernández.

Inicialmente, el criterio personal del director del Registro Electoral era que, eventualmente, se habría podido reconocer el gasto como rubro de organización.

La más reciente prueba de pago a un aspirante presidencial fue durante la precampaña 2009, cuando en Liberación Nacional se formó una sociedad anónima llamada “Laura hacia el 2010”, que daba un pago mensual a la precandidata, hoy presidenta de la República.

El criterio que prohíbe el cobro de ese gasto al TSE se mantuvo después de la entrada en vigor del nuevo Código Electoral, en el 2009.