Sala IV ordena a sindicato del ICE desafiliar a trabajador

Ciudadano solicitó desafiliarse desde mayo pero Asdeice sigue rebajándole la cuota mensual

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La Sala Constitucional ordenó a la Asociación Sindical de Empleados Industriales de las Comunicaciones y la Energía (Asdeice) desafiliar a un trabajador que había solicitado esta desvinculación desde mayo.

Según el Tribunal, el ciudadano se vio obligado a presentar un recurso de amparo contra esa agrupación pues le continúan rebajando las cuotas mensuales de afiliación.

Los magistrados declararon con lugar el recurso y le ordenaron al presidente de Asdeice "adoptar las medidas necesarias, para que de forma inmediata se haga efectiva la desafiliación del recurrente a dicha organización".

En el fallo, se hace referencia al artículo 25 de la Constitución que establece qué: "Los habitantes de la República tienen derecho de asociarse para fines lícitos. Nadie podrá ser obligado a formar parte de asociación alguna".

Además reiteraron que "el derecho de asociarse es la libre posibilidad de los ciudadanos para constituir formalmente, agrupaciones privadas permanentes encaminadas a la consecución de fines específicos"

Sin embargo, esta libertad aplica tanto en la adhesión a asociaciones como el hecho de que nadie puede ser obligado a integrar un grupo determinado.

La Sala indicó que en este caso se demostró que la Asociación tuvo un retardo excesivo para desafiliarlo y que de no ser por la interposición del recurso, al recurrente se le hubiera seguido rebajando la cuota de afiliación, a pesar de múltiples gestiones.