Rechazado cambio en consentimiento para donación de órganos

Proyecto de ley planteaba introducir el modelo de ‘consentimiento presunto’ en vez del ‘consentimiento expreso’

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Los diputados de la Comisión de Asuntos Sociales enterraron un proyecto de ley que habría establecido un modelo de donación de órganos, en el que se asume que todos los ciudadanos están dispuestos a donar sus órganos al momento de su muerte, para salvar a pacientes urgidos de trasplantes, a menos de que dejen constancia de su oposición.

A este modelo se le denomina “consentimiento presunto”. Actualmente, en cambio, el país usa el concepto de “consentimiento expreso”, en el que solo califican para la donación de órganos quienes formalmente lo hayan indicado en vida.

La propuesta de introducir el consentimiento presunto fue rechazada por los diputados Luis Fernando Mendoza y Dinorah Barquero, del Partido Liberación Nacional (PLN); Rosalía Brown y David Segura, del Partido Nueva República (PNR); Luz Mary Alpízar, del Partido Progreso Social Democrático (PPSD); Melina Ajoy, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC); y Johana Obando, del Partido Liberal Progresista (PLP).

A favor votaron las diputadas Andrea Álvarez, del PLN; y Priscilla Vindas, del Frente Amplio. Ambas agrupaciones fueron proponentes en el Congreso anterior.

El temor de los diputados que estuvieron en contra es que, bajo el “consentimiento presunto” se incentive el tráfico ilegal de órganos.

“Este tema yo lo votaré en contra porque así como está y es un tema grueso, profundo, peligroso, por los resultados que pueda tener en los costarricenses. No quisiera yo con esto un mercado de trasiego de órganos, eso es lo que podría generarse con esto”, indicó Mendoza.

Johana Obando, aunque se manifestó a favor de la donación de órganos, considera “irrespetuosa” la propuesta legislativa.

“La donación de órganos en el fondo es loable, pero el consentimiento presunto es un portillo que no se va a poder cerrar… Es la potestad, nuevamente, que tiene un aparato burocrático de querer regular hasta tu propia muerte; pasa a ser una cosa del Estado que puede disponer de tu cuerpo”, señaló Obando.

La propuesta quita la posibilidad de que los mismos familiares objeten.

Barquero resaltó que es necesario mejorar la educación sobre este tema, sobre todo desde tempranas edades para concienciar sobre la donación de órganos.

La diputada Álvarez defendió que muchas personas esperan, con baja calidad de vida, por un órgano y como ejemplo usó a los pacientes con enfermedad renal.

‘Debate doctrinario’

En un reciente criterio emitido por la Procuraduría General de la República (PGR), ese ente recordó que la discusión sobre el modelo de donación de órganos ha resultado en un debate doctrinario en otros países.

“La adopción de cualquiera de estos dos modelos de consentimiento ha sido objeto de un intenso debate a nivel doctrinario sobre las implicaciones éticas de cada uno, que giran primordialmente en torno a si resulta preponderante el derecho de la persona de poder disponer de su propio cuerpo, así como el respeto de su libertad religiosa (consentimiento expreso); o por el contrario, si debe privilegiarse el interés público contenido en la posibilidad de obtener órganos, tejidos o células necesarios para salvar o mejorar la vida de otros miembros del colectivo social (consentimiento presunto)”, señaló la PGR.

Sobre dicho debate doctrinario para definir si el consentimiento debe ser expreso o presunto, la OMS ha señalado: “Depende de las tradiciones sociales, médicas y culturales de cada país, como, por ejemplo, el modo en que las familias intervienen en la adopción de decisiones sobre la asistencia sanitaria en general”.

De acuerdo con una revisión de la legislación histórica nacional, realizada por la Procuraduría, a partir de 1974 imperó en Costa Rica el consentimiento expreso. Es decir, la extracción de órganos solo era permitida si la persona lo había autorizado en vida.

No obstante, esa ley fue derogada en 1994. A partir de entonces, se optó por el “consentimiento presunto”. La nueva normativa señalaba: “La extracción de órganos u otros materiales anatómicos de fallecidos podrá realizarse, siempre y cuando estos no hayan dejado constancia expresa de su oposición”.

En esos momentos, señala la Procuraduría, las personas debían comunicar su oposición por escrito, ante cualquier hospital del país, la Comisión Reguladora de Trasplantes, al Registro Civil (cédula de identidad) o ante el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (licencia). Finalmente, esa ley fue derogada en 2014 por la que rige hasta la fecha con el consentimiento expreso.

La Procuraduría advirtió, sin embargo, que el consentimiento presunto sí se aplica en el caso de la extracción de tejidos.

“Cabe señalar que, a lo largo de la discusión del proyecto de ley donde se conoció dicha reforma legal, la distinción hecha entre la donación de tejidos y la de órganos se debió a que la capacidad de obtención de tejido de córnea disminuyó drásticamente; incluso, pasaban meses en que no se lograba obtener tejido del todo, situación que acrecentó considerablemente la lista de espera”.