Proyecto suspendería cárcel por pensión alimentaria si personas consiguen empleo

Plan también prevé embargo automático a una porción del salario para asegurar el pago de la pensión

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Un proyecto de ley plantea suspender la orden de detención o el encarcelamiento por pensión alimentaria si la persona encuentra un empleo.

La iniciativa de ley, planteada por el exdiputado fabricista Harllan Hoepelman, busca que el obligado, estando en libertad, pueda cumplir con sus responsabilidades alimentarias para con sus hijos.

Según el texto, si la persona no ha sido arrestada, el juzgado correspondiente deberá dejar sin efecto la orden de detención por impago de pensión en un plazo no mayor a cinco días hábiles, en caso de que demuestre la contratación por cualquier empleador.

La libertad también se otorgaría si la persona ya se encuentra detenida en el sistema penitenciario nacional por la misma razón y demuestra que encontró trabajo por sus propios medios o a través de convenios con los ministerios de Trabajo y seguridad Social (MTSS) y de Justicia y Paz que establece el mismo plan.

En ambas situaciones, los cinco días hábiles contarían a partir de la presentación de los documentos probatorios de la relación laboral en el juzgado correspondiente. Luego, el juez, dictaría un embargo automático al salario de la persona en proporción correspondiente a la cancelación de la deuda alimentaria previamente fijada.

El beneficiado permanecerá libre siempre que demuestre el cumplimiento de sus obligaciones.

Si la persona obtiene un empleo en virtud de convenios, le corresponderá al MTSS y al Ministerio de Justicia monitorear que se mantenga laborando y, en caso de que se suspenda definitivamente la relación con el patrono, deberán informarlo al juzgado competente y a la Dirección General de Adaptación Social para su reingreso al sistema penitenciario.

En esa línea, el proyecto propone que las carteras de Trabajo y Justicia desarrollen estudios y perfiles de ocupaciones para incluir a personas con apremio corporal por pensión alimentaria, en la categoría de grupos de población especial de la plataforma electrónica del Sistema Nacional de Empleo.

Asimismo, facilitarán la divulgación de ofertas laborales contenidas en las bolsas de empleo que tengan las entidades públicas, las empresas y las organizaciones privadas, con el fin de promover la empleabilidad de estas personas.

Las instituciones del Estado también deberán ofrecer programas especiales de capacitación y formación para los beneficiarios de la suspensión carcelaria que no califican en la bolsa de empleo por falta de preparación académica o habilidades técnicas.

La idea es que obtengan el conocimiento de un oficio o desarrollen habilidades que les permitan iniciar un emprendimiento productivo o integrarse al mercado laboral.

El texto, además, plantea al MTSS y a Justicia suscribir convenios con empresas privadas e instituciones para promover la empleabilidad.

El proyecto se encuentra en la segunda etapa de ajuste en la Comisión Legislativa de Asuntos Jurídicos. Sin embargo, la diputada Priscilla Vindas, del Frente Amplio, lo mantiene bloqueado al presentar 188 de las 191 mociones de revisión que el expediente recibió.

En la exposición de motivos, Hoepelman aseguró que, con su plan, la persona con pensión alimentaria tendrá trabajo permanente con salario justo que asegurará el cumplimiento mensual de su obligación, mediante deducciones a su salario que serán giradas a la cuenta bancaria del juzgado.

Además, alegó que el Estado obtendría mayor fuerza laboral y cumpliría con su obligación de crear políticas gubernamentales de generación de empleos.

Para el exdiputado, las personas detenidas por pensión tienen una doble situación de vulnerabilidad. “Por una parte, solo por su condición de demandados se exponen a restricciones a su libertad, como la prohibición de salida del país y la amenaza de apremio corporal.

“Por otra parte, al estar privados de su libertad ambulatoria en la cárcel, se hallan en una especial situación de vulnerabilidad que les hace distinto como grupo al resto de la población, pues lógicamente su acceso al mercado laboral se encuentra muy restringido cuando están encerrados y con poco contacto con el mundo exterior”, expuso Hoepelman, quien fue diputado hasta abril del 2022.

Añadió que estas personas, en caso de no pago de su obligación, se exponen a la privación de su libertad por periodos de hasta seis meses. Además, recordó que existe un delito tipificado que también las expone a procesos penales con penas de prisión, como lo es el de incumplimiento de deberes alimentarios.

“Son esas circunstancias especiales las que justifican un trato diferenciado, sin perjuicio de que el Estado procure la creación de empleo para la población en general”, se indicó en el proyecto.