Proyecto destaparía reuniones de jerarcas y diputados con defensores de intereses particulares

Iniciativa de la jefa del PUSC, para regular el ‘lobby’, recibió dictamen afirmativo en la Comisión de Asuntos Jurídicos

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Los diputados dictaminaron afirmativamente, este martes, un proyecto de ley que crearía un registro de los cabilderos que, con el objetivo de promover y proteger sus intereses, constantemente se reúnen con funcionarios y jerarcas del sector público.

El plan sobre el lobby obligaría a los funcionarios a llevar una agenda pública de las reuniones que sostienen con representantes de los sectores.

La iniciativa fue aprobada en comisión, luego de que se acogiera un nuevo texto en el expediente legislativo 21.346, que impulsa la jefa de fracción socialcristiana, María Inés Solís.

Aparte de crear un registro sobre los lobistas que gestionan intereses de sus respectivos sectores ante actos administrativos, proyectos de ley o decretos ejecutivos, la iniciativa busca transparentar los procesos de toma de decisiones en todos los niveles y los poderes del Estado.

La intención es regular los mecanismos de publicidad a los que deben someterse los servidores públicos cuando interacciones con sujetos privados que realicen actividad de lobby o cabildeo en función de sus intereses.

El registro de lobistas propuesto por la iniciativa será público y la encargada de mantener ese documento, actualizado y disponible al público, será la Procuraduría de la Ética Pública (PEP). Eso sí, cada órgano, ente o institución del Estado quedará obligado a entregar y mantener actualizada la información sobre ese registro.

Por cada lobista, se indicará el nombre de la persona, la indicación de si percibe una remuneración por esa actividad, el nombre de la personas física o jurídica que representa y la persona que retribuya al cabildero por esa función.

De acuerdo con la diputada Solís, la ciudadanía “merece conocer a qué influencias están sometidas las decisiones de quienes los gobiernan”.

La iniciativa define como sujetos activos a los lobistas que buscan influir de manera directa en la toma de decisiones que algún servidor público vaya a tomar, y enfatiza que ese lobby se realiza de forma directa o a través de terceros.

Entre los sujetos pasivos, obligados a llevar una agenda pública de sus reuniones con los cabilderos, la iniciativa identifica a presidente y vicepresidentes de la República, así como los ministros y viceministros del Gobierno.

Igualmente, incluye a los embajadores en sede extranjera, el procurador general y procurador adjunto, así como los procuradores de las diferentes áreas, las presidencias ejecutivas de las instituciones autónomas y semiautónomas, además de las juntas directivas de esas entidades.

También, incluye a los magistrados del Poder Judicial, sus letrados y la dirección administrativa, además del Consejo Superior; igual sucede con la Fiscalía General de la República y los fiscales subrogantes; los diputados y el director ejecutivo del Congreso, los magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones, los letrados y el secretario también.

La obligación también caería sobre la persona contralora general y subcontralora general, la presidencia y la junta directiva del Banco Central de Costa Rica (BCCR); la presidencia, junta directiva y gerencias de los bancos del Sistema Bancario Nacional, así como una serie de funcionarios municipales.

La oficialista Carolina Hidalgo manifestó que a ella le habría gustado un proyecto más ambicioso, pero comentó que entiende las posibilidades y preocupaciones en el Congreso, que permitan un proyecto como el dictaminado.

“Al menos tener un registro en línea, en la Procuraduría de la Ética, va a mover las instituciones hacia la transparencia”, indicó. Ella añadió que esto obligaría a los lobistas a registrarse, lo cual destacó en el marco del debate legislativo sobre los carnés que se les facilitan a los cabilderos para que ingresen al Congreso.

El proyecto también busca detallar cuáles son las actividades que realicen los funcionarios reguladas por la Ley del Lobby.

Entre esas actividades están los procesos de elaboración, dictado, modificación, aprobación, derogación o rechazo de actos administrativos, proyectos de ley, acuerdos, declaraciones o decisiones de los diferentes órganos parlamentarios; celebración, modificación o terminación de contratos.

También se regula el diseño, implementación y evaluación de políticas, planes y programas.

Prohibición

La iniciativa también introduce una prohibición absoluta del lobby cuando el cabildero mantenga con el funcionario público una relación de parentesco por afinidad o consanguinidad hasta el tercer grado.

En cuanto a la agenda pública que deben llevar los servidores sobre sus reuniones con lobistas, se les obliga a consignar todas sus citas, en tiempo real o conforme se vaya estructurando, con un formato de fácil acceso y comprensión para los usuarios.

En la agenda pública deberá constar lugar y fecha de la audiencia o reunión, así como la materia o tema específico que se trató allí; el nombre de las personas que asistieron a la cita, así como los representantes de una persona jurídica que hayan estado en el encuentro.

Si en la reunión hubiere un lobista, este deberá identificarse como tal, bajo la presunción de que percibe una remuneración por la gestión que realiza a nombre de una organización o entidad, y sus intereses.

Registro de viajes y regalos

Igualmente, los servidores que hagan viajes en ejercicio de sus funciones, deberán reportar el destino, motivo u objeto, su agenda de trabajo, el costo del viaje y la institución que lo financió.

También deberán los empleados públicos reportar los donativos oficiales y protocolares que reciba como cortesía en el ejercicio de su cargo con estos datos: regalo o donativo recibido, fecha y ocasión en que se recibió, individualización de persona física o jurídica que se lo entregó.

El único caso en que los servidores quedan exentos de reportar datos sobre sus reuniones será cuando esa información pueda comprometer, por razones de seguridad, los intereses de la nación.

Además de establecer normas generales sobre la actividad del lobby, el proyecto establece que los incumplimientos u omisiones de las disposiciones establecidas podrían conllevar responsabilidad penal en caso de que se configure un delito.

El proyecto incluye una serie de multas para los jerarcas que incumplan la ley, que van desde ¢223.000 (medio salario base) hasta ¢3,5 millones (8 salarios base).

Carolina Hidalgo alegó que las multas le parecen muy laxas, pues cree que deben ser mucho más altas para que sean disuasorias, pero agregó que hubo y hay intenciones para suavizarlas.