Procuraduría achaca falta ética a Ivonne Acuña por votar plazas para fabricistas

Critica que, ‘con total indiferencia de sus obligaciones éticas’, la legisladora votara a favor de los nombramientos que ella y Nueva República pedían

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La Procuraduría de la Ética Pública (PEP) le achacó una falta ética a la diputada Ivonne Acuña Cabrera por haber votado a favor del otorgamiento de plazas para el bloque fabricista Nueva República (PNR), cuando ella era la segunda secretaria del Directorio legislativo y una de las solicitantes de los puestos públicos.

La legisladora votó en cuatro ocasiones en favor de las solicitudes del bloque fabricista, del que ella formaba parte en el momento de los hechos, luego de que siete diputados se separaron de la bancada de Restauración Nacional (PRN), en octubre del 2018, para formar un nuevo partido.

Desde el cargo de segunda secretaria, al cual llegó en mayo del 2018 con Restauración, Ivonne acuña emitió votos en favor de otorgarles plazas a los nuevos diputados independientes. Así lo hizo el 24 octubre del 2018, el 9 de enero del 2019, el 30 de enero del 2019 y el 13 de febrero del 2019.

En otra sesión, del 5 de diciembre del 2018, también habló a favor de las solicitudes de los fabricistas en la sesión del Directorio.

Así consta en el informe confidencial AEP-1814-2020, suscrito por la procuradora de la Ética, Johanna Masís.

El documento fue recibido en el Congreso el 27 de octubre del 2020, pero se conoció entre los legisladores el 25 de enero de este año.

En el informe, se establece que Acuña cometió un evidente quebranto al deber de probidad, según lo normado en la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito y el Código Procesal Civil.

“La PEP ha identificado varias actuaciones de la servidora pública Acuña Cabrera que, en nuestro criterio, podrían juzgarse como violación al deber de abstención que le era exigible”, aseguró la Procuraduría.

En el documento, del cual La Nación tiene una copia, se explica que la congresista independiente debió abstenerse de conocer todos los asuntos que se conocían en sesión del Directorio cuando se trataba de solicitudes del bloque Nueva República, máxime que ella participó activamente en todas ellas.

Acá puede usted consultar el informe confidencial de la PEP:

En manos del Directorio, estuvo “una cantidad nada despreciable de documentos que se relacionaban con la problemática referenciada”.

Entre esos documentos, “los tránsfugas (diputados que se separan del partido que los lleva a la curul) peticionaron al Directorio que les permitiera conservar las plazas asignadas, redondeando el número a seis colaboradores, y el traslado a cada uno de sus despachos de 2,2 funcionarios administrativos en calidad de préstamo”.

Además, Jonathan Prendas y Acuña solicitaron a la Dirección Ejecutiva de la Asamblea “hacer algunos cambios administrativos a favor del autodenominado Bloque Nueva República, entre los que destaca la creación de un código (salarial) para el nombramiento de un director o directora”.

Igualmente, los fabricistas pidieron códigos presupuestarios independientes para el bloque, un espacio físico para una jefatura y otra serie de beneficios que solo tiene una fracción oficialmente constituida y electa.

“La PEP llega al convencimiento de que la funcionaria pública investigada, al ostentar, de manera simultánea, la condición de miembro del Directorio e integrante del bloque Nueva República, se encontraba en una evidente situación de conflicto de interés”, dice el documento.

Añade que “debía de abstenerse de participar en todas las sesiones en las que el órgano colegiado público señalado conoció asuntos relacionados con el mencionado bloque”.

La procuradora Masís llega a esas conclusiones porque había un “innegable interés de la investigada en la obtención de las medidas solicitadas por el Bloque”, interés que era capaz de influir de forma indebida el ejercicio de los deberes y responsabilidades que le fueron encomendadas como miembro del Directorio legislativo y de generar dudas más que razonables sobre sus actuaciones.

Además, la PEP establece que todos los documentos en que el Bloque pedía beneficios, en particular plazas de asesores, llevaban la firma de Ivonne Acuña, como integrante del grupo de fabricistas, “acción con la que, en definitiva, se inscribió a sí misma como interesada en el resultado de dichas gestiones”.

Específicamente, la falta que cometió la independiente Acuña, hoy separada del Bloque Nueva República, fue no haberse acogido a la prohibición legal “clarísima, para que un servidor público interviniese en aquellos asuntos en los que tuviese un interés tan marcado, como el demostrado por la servidora”.

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Aunque en su defensa Acuña Cabrera alegó que el Directorio debe tomar decisiones sobre la asignación de recursos humanos y materiales, incluso para diputados de su misma agrupación política, y que no existe conflicto de interés, el órgano procurador rechazó sus argumentos.

“No son atendibles ninguno de los extremos del discurso en los cuales la endilgada fundamentó su defensa y sus reservas en cuanto al correcto ejercicio del deber de abstención por parte de los miembros del Directorio de la Asamblea. Son a todas luces infundadas”, explicó Masís en el informe.

Ante los argumentos de Acuña, la PEP afirma que “pareciera necesario reiterar que los diputados son servidores públicos y se encuentran sujetos al deber de probidad”.

Es más, el documento enfatiza que el deber de abstención se erige como la única ruta de acción posible para aquellos funcionarios que, “como en el presente caso”, se encuentren ante una situación de conflicto de interés que impida el transparente, objetivo e imparcial ejercicio de sus funciones.

Además, la Procuraduría Ética considera que es impropio e inadmisible que “tan alta servidora pública errara en la apreciación del conflicto de intereses que la circundaba y que, con total indiferencia de sus obligaciones éticas, ejecutara las acciones que aquí se le reprochan”.

La procuradora Johana Masís también estableció que se debe valorar la importancia y naturaleza del cargo que desempeñaba Ivonne Acuña, como miembro del Directorio en la primera legislatura de este periodo (2018-2019).

“Cuanto mayor es la jerarquía del funcionario y más técnicas sus funciones, mayor es su obligación de apreciar la legalidad, oportunidad y conveniencia de sus acciones”, dice la entidad vigía de la ética pública.

Ivonne Acuña: ‘No hay falta al deber de probidad de esta diputada’

Consultada por La Nación, la independiente negó que haya señalamientos de la Procuraduría contra ella y adujo que, más bien, la PEP ve oportunidades de mejora, para que se haga un reglamento que clarifique bien las facultades de los miembros del Directorio.

También arguyó que no hubo ninguna falta al deber de probidad de parte suya, pues dice que, al igual que ella, los otros miembros del Directorio legislativo en ese momento, a saber Carolina Hidalgo, del PAC, como presidenta, y Luis Fernando Chacón, del PLN, como primer secretario, resolvían asuntos relacionados con sus partidos.

“El informe lo que dice, en su totalidad, es que no hay una reglamentación para este tipo de cosas. Los puestos pertenecen a partidos políticos y en los asuntos que se conocen vienen requerimientos de todos los partidos políticos, tanto de Nueva República al que yo pertenecía en ese momento, como del PLN”, alegó.

No obstante, el bloque Nueva República, al que Acuña pertenecía en ese momento, no era entonces ni ahora un partido constituido ni había elegido cargos al Congreso.

Ella adujo que los partidos piden nombramientos y también se conoce de sanciones y otros asuntos, y argumentó que la PEP establece como potestad del Directorio ver los acuerdos y que no hay una reglamentación.

“En términos de nombramientos, específicamente sí me abstuve de las votaciones que tenían que ver con el bloque al que pertenecía”, adujo.

Nulidad en las decisiones

Como parte del informe, la PEP le advierte a la Asamblea Legislativa que, en atención a la Ley General de la Administración Pública, debe el Congreso analizar si los acuerdos del Directorio en que Acuña participó y aprobó beneficios para el bloque del que formaba parte “podrían estar viciados de nulidad”.

¿Es posible sancionar?

Aunque se conoce de forma posterior al caso de Jonathan Prendas, quien según la PEP violó el deber de probidad por aceptar un viaje a España pagado por un empresario, en realidad el informe sobre la falta de Acuña es anterior.

Fue este caso el que generó una consulta firmada por los liberacionistas Jorge Fonseca y Ana Lucía Delgado, en calidades de presidente a. í. y primera secretaria del Directorio, respectivamente, ante el Departamento de Asesoría Legal del Congreso, sobre la posibilidad de sancionar a un diputado.

La consulta la elevó Fonseca en lugar del presidente legislativo titular, Cruickshank, pues este se inhibió de actuar de alguna forma en el caso, en vista de que él se presentó ante la Procuraduría de la Ética Pública a declarar contra Ivonne Acuña.

En dicho informe, Asesoría Legal insistía en que no existe, a la fecha, un instrumento legal que haga posible sancionar a un congresista que haya cometido faltas de algún diputo al deber de probidad.

Empapada de esa inexistencia, la Procuraduría hizo a los diputados la misma advertencia que había hecho en torno al caso de Prendas.

“No desconoce esta oficina que la Asamblea Legislativa no ha adoptado las medidas legislativas y administrativas idóneas tendientes a regular causales de responsabilidad y consecuente sanción aplicables a aquellos casos en que se colija que los legisladores han violentado el deber de probidad”.

“No obstante, como se ha advertido en otras ocasiones, esta circunstancia de ninguna manera puede ser interpretada como una autorización para que este órgano de control obvie su obligación de investigar las denuncias que contra esos servidores públicos se deduzcan, y menos aún un motivo para eximirles de las obligaciones éticas que el cargo les impone”, dice el documento.