PLN asegura que ganó Orotina por 2 votos; PUSC anuncia demanda de nulidad

Concluido el escrutinio definitivo de los votos de Orotina en el TSE, el presidente PUSC anunció la presentación de una demanda por supuestas anomalías

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El Partido Liberación Nacional (PLN) aseguró esta tarde que, concluido el escrutinio definitivo de las papeletas de Orotina, el resultado le favoreció por dos votos de diferencia y la administradora educativa, Margot Montero Jiménez,ganó la alcaldía por encima del contador Elford Antonio González Mora, candidato del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC).

Así lo informó el dirigente Carlos Roverssi a La Nación en la sede del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).

En el mismo sitio, el presidente del PUSC, Juan Carlos Hidalgo, anunció la presentación de una demanda de nulidad bajo el argumento de que, en una mesa de votación, los números no calzan entre las cantidades de personas que votaron para alcalde y regidores.

Según señaló Hidalgo, durante el proceso de escrutinio, el PUSC logró sumar tres votos más, para un total de 2.197 votos a su favor. En el caso del PLN, se le asignaron dos nuevos sufragios, para una suma de 2.199.

En el conteo preliminar, la liberacionista había obtenido 2.197 y el socialcristiano, 2.194.

El líder socialcristiano reclamó que, durante la revisión, solamente se abrieron los sacos de seis de las 34 juntas receptoras de votos (JRV) de Orotina.

Entre las juntas que no se abrieron, se encuentra la 2.799, sobre la cual el PUSC presentaría la demanda de nulidad, con base en una declaración jurada de un auxiliar del TSE, identificado como Daniel Aguilar González.

Aguilar aseguró haber informado sobre “una irregularidad” a otros delegados del órgano electoral, pero que estos consideraron que no era “digna de ser atendida”. Según relató en el documento, el domingo de las elecciones, notó que se habían utilizado 40 papeletas para alcalde, pero solo 38 de regidores y 37 de síndicos.

El PUSC también expresó dudas sobre la junta 2.802, bajo el argumento de que registra un comportamiento similar, en cuanto a las supuestas discrepancias para los distintos cargos. No obstante, sobre esta no presentarían demanda de nulidad.

“Cuando uno vota, le dan tres papeletas; uno espera que haya la misma cantidad de papeletas (usadas) a la hora de hacer el conteo. Esto nos parece sospechoso y creo que es razón suficiente para hacer un escrutinio de toda la mesa, pero si eso ya no se hizo, vamos a presentar esta demanda de nulidad”, expresó Juan Carlos Hidalgo.

El dirigente aseguró que la intención es “determinar la voluntad del pueblo de Orotina” y negó que se esté “tratando de forzar” la votación a su favor o “tratar de disminuir la votación legítima de Liberación”.

¿En qué consiste la demanda de nulidad?

La demanda de nulidad es uno de los mecanismos contenciosos electorales que están a disposición de los partidos políticos, y que tiene como objetivo la anulación de los resultados de una mesa de votación, señaló Gustavo Román, asesor político del TSE.

El recurso se puede solicitar para tres casos específicos, explicó el funcionario.

Una de las razones es que el resultado de la mesa no sea un fiel reflejo de lo que verdaderamente pasó durante el proceso de votación.

La segunda es que la mesa estuviera conformada de manera irregular. Por ejemplo, que hayan participado, como miembros de mesa, personas que no estuvieran acreditadas para desempeñarse en ese cargo.

La última motivación es que la persona que resultó electa no cumpla con los requisitos para ejercer el cargo.

Si los hechos denunciados se apreciaron durante el día de la elección, se tiene un plazo de tres días para presentar la solicitud, a partir de que el material electoral de la mesa cuestionada llegó a la sede del TSE en San José.

En caso de que el vicio se detectara en el escrutinio definitivo, los tres días comienzan a correr desde el momento en el que se abrió el saco, para la revisión del material.

El TSE procedería a generar un expediente, el cual debe primero pasar por una fase de admisibilidad. Si la demanda se acepta, se practicarían las diligencias probatorias para esclarecer los hechos. La resolución recae en los magistrados.

Román indicó que, hasta el momento, ya se han presentado dos demandas de nulidad, sin especificar para cuáles casos. Asimismo, aclaró que es común que se presenten en todos los procesos electorales, ya que es uno de los recursos más antiguos con los que cuenta el sistema.