Plan de empleo público ahorraría ¢394.000 millones anuales con fallo de Sala IV

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El Estado se ahorraría en promedio un 1,04% del producto interno bruto (PIB) anual, por los próximos diez años, si se aprueba la reforma al empleo público ajustada al fallo de la Sala IV. Esa sentencia declaró constitucional la introducción del salario global para todo el Estado, así como la imposición de límites a las convenciones colectivas, pero excluyó de la rectoría del Mideplán a las instituciones con independencia o autonomía.

Tomando en cuenta estas circunstancias, el Ministerio de Planificación (Mideplán) estimó el ahorro si las instituciones del Gobierno Central cumplen a cabalidad con la nueva normativa y las entidades con independencia cumplen parcialmente.

Los rendimientos cumplirían con las metas acordadas con el Fondo Monetario Internacional (FMI) dentro del acuerdo de saneamiento de las finanzas públicas, informó el Mideplán.

Del ahorro total, un 0,77% del PIB se generaría en el Gobierno y sus órganos desconcentrados, así como en los poderes Judicial, Legislativo y Electoral, los cuales están cubiertos por el Presupuesto Nacional.

El restante 0,27% del PIB se ahorraría en el resto de instituciones, como la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), las universidades estatales, las empresas públicas que no están en competencia y las municipalidades.

Si se toma como referencia el tamaño de la economía del 2021, de ¢37,8 billones, el ahorro promedio anual sería de ¢393.658 millones.

Los ahorros se originaría en la contención del gasto en las remuneraciones del Gobierno Central (¢291.450 millones) y del resto de instituciones (¢102.200 millones). Al establecerse un salario global para cada puesto, se eliminan los pluses que disparan el gasto por factores como la antigüedad de los funcionarios.

Sin embargo, el PIB de cada año varía según sea el dinamismo de la economía, por lo que el monto nominal de los rendimientos también se movería.

Para este nuevo cálculo, Mideplán toma en cuenta una exclusión parcial del Poder Judicial, TSE, la CCSS, universidades estatales y alcaldías. Significa que estas instituciones definirían el salario global para sus puestos esenciales, pero podrían aplicar los sueldos definidos por el Poder Ejecutivo para los puestos comunes en todo el sector público.

Estos cargos comunes pueden ser, por ejemplo, un contador o un chofer. En un escenario de exclusión parcial, esos puestos de trabajo quedarían integrados dentro de una familia general de funcionarios estatales.

El resto de puestos, como un juez o un fiscal del Poder Judicial, un magistrado electoral del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), o bien, un alcalde, serán determinadas por la escala que dicte cada institución a partir de los principios que señala la ley. De esa forma, quedarían excluidos de la escala salarial que emitirá el Poder Ejecutivo.

Con esta proyección, el ahorro anual en los ministerios alcanzaría el 0,67% de la producción y, en los órganos desconcentrados y en poderes del Estado, un 0,05% en cada caso.

En la Caja, el ahorro sería de un 0,08% y en las universidades del 0,04% del PIB, por ejemplo.

En general, al primer año de implementarse la reforma, el Estado se ahorraría un 0,77% del PIB (¢291.458 millones) y, en el décimo, un 1,19%, la mayor cifra del decenio.

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El ahorro anual en esta proyección es un 20% menor al calculado a partir de la versión original del proyecto, que incluía a todas las instituciones estatales bajo el alero de Mideplán. Con esa redacción, el ahorro era de un 1,31% de la producción anual, cerca de ¢496.000 millones.

Con la versión inicial, el Gobierno Central se ahorraba un 0,80% del PIB, un poco más de ¢302.000 millones, y el resto del sector público un 0,52% de la producción, alrededor de ¢193.000 millones.

Pese a la reducción, de acuerdo con el Ministerio de Planificación, los rendimientos anuales estarían por encima de lo pactado con el Fondo Monetario Internacional (FMI), entre el 0,5% y 0,8% del PIB cada año.

La proyección de ahorro incluye la aplicación de la regla fiscal, una inflación dentro del rango previsto por el Banco Central y un crecimiento anual del 3% del PIB.

Un segundo escenario

En otro de los escenarios evaluados por el Gobierno, el cual parte de una exclusión total del Poder Judicial, TSE, universidades, CCSS y municipalidades, los rendimientos totales se proyectan en un 0,81% de la producción cada año, durante el próximo decenio. El porcentaje equivaldría a unos ¢306.600 millones.

Lo calculado es un 40% inferior con lo aprobado en primer debate en el mes de junio.

No obstante, “en ambos escenarios se cumpliría con los negociado con el Fondo Monetario”, destacó la ministra de Planificación, Pilar Garrido.

“Por eso nosotros hicimos escenario de exclusión parcial de esas instituciones donde trabajadores con empleos comunes estarían bajo la columna global de Mideplán, excepto los trabajadores esenciales; y exclusión total de todos los funcionarios de esas mismas entidades”, agregó Garrido.

Con la segunda proyección, de exclusión total, el ahorro del Gobierno Central alcanzaría un 0,73% de la producción por año, alrededor de ¢276.300 millones; y en el resto del Estado 0,08%, equivalentes a ¢30.281 millones.

Aquí los ministerios ahorrarían siempre el 0,67% de la producción, los órganos desconcentrados un 0,05% y los otros poderes nada, precisamente por la exclusión total de estos de la reforma. La CCSS tampoco generaría ahorros, al igual que las universidades públicas y las empresas públicas que no están en competencia.

La reforma al empleo público se encuentra en la comisión legislativa de Consultas de Constitucionalidad, donde los diputados harán los arreglos de acuerdo con la sentencia de la Sala Constitucional. Terminado este proceso, el plan pasaría al plenario con un informe. Este foro decidirá si acoge el informe y lo aprueba en primer debate, nuevamente.

En su sentencia, los magistrados también declararon constitucional dos transitorios de la reforma, uno que regula la transición de los actuales funcionarios hacia el nuevo esquema de salario global, y otro que congela las actualizaciones de los sueldos por costo de vida mientras la deuda pública supere el 50% del PIB.