Procuraduría aclara a ministra Natalia Díaz imposibilidad de extender pluses de convenciones colectivas

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Los pluses salariales establecidos en convenciones colectivas o reglamentos de instituciones públicas no pueden ser modificados para alcanzar a otros beneficiarios, aclaró la Procuraduría General de la República (PGR) a la ministra de la Presidencia, Natalia Díaz.

La ministra consultó la viabilidad de ampliar la cobertura de un beneficio, ya sea por una modificación en las condiciones para otorgarlo o por incluir explícitamente nuevos grupos de funcionarios.

Ella señaló que existen criterios antagónicos sobre la disposiciones introducidas en la reforma fiscal del 2018, en cuando a la regulación del empleo público.

Esa ley prohibió crear nuevos pluses salariales mediante convenciones colectivas o reglamentos. Además, ordenó pasar a valores nominales todo incentivo que antes se pagara como un porcentaje del salario base u otros componentes, al tiempo que derogó pluses por confidencialidad o por quinquenios.

Ante la duda, la Procuraduría aclaró que la creación de pluses quedó como una facultad exclusiva de los diputados, por lo que se podría incurrir en una ilegalidad si extiende cualquiera de los beneficios actuales a otras personas.

“Según sea la magnitud del cambio operado, podrían estarse creando beneficios salariales hasta ahora inexistentes, en abierta contravención del principio de reserva legal comentado”, manifestó el procurador Luis Guillermo Bonilla, en el criterio PGR-C-276-2022, del 14 de diciembre anterior.

La PGR dijo que si bien la Sala Constitucional, en una opinión consultiva (la 2018-019511), consideró que esa imposibilidad podría ser inconstitucional, el artículo de la reforma fiscal aún se mantiene vigente, hasta que los diputados lo deroguen o los magistrados resuelvan a favor de derogarlo mediante acción de inconstitucionalidad ya interpuesta.

Otros beneficios se mantienen

Díaz también consultó si es posible que los beneficios laborales incluidos en convenciones colectivas apliquen a nuevos trabajadores-

La PGR respondió que es posible, siempre y cuando no se retomen algunos incentivos que quedaron explícitamente derogados en la reforma del 2018, como los de confidencialidad, discrecionalidad, quinquenios y otro reconocimiento que duplicara la anualidad.

“En el caso de los pluses, incentivos o componentes salariales existentes y anteriores a la entrada en vigencia de las reformas introducidas y que no son ninguno de los contemplados por la derogación del artículo 40, dado que no fue la intención del legislador derogarlos, hemos afirmado que se mantienen vigentes y son aplicables al personal de las instituciones”, insistió la PGR.

La consulta de la ministra se planteó en términos generales, sin aludir a ninguna convención colectiva particular, a tres meses de la entrada en vigencia de la Ley Marco de Empleo Público.

Esta nueva ley ordena que todos los nuevos empleados públicos sean contratados bajo el régimen de salario global, en el que no existen los pluses.

Los incentivos se mantendrán para los funcionarios actuales mientras coexistan ambos regímenes. Una vez que los salarios globales alcancen los sueldos de los empleados vigentes, estos serán trasladados al nuevo sistema, con el paso de los años.