Mideplán señala dificultad para conceder a funcionarios públicos permisos de cuido

Ministerio expone ambigüedad en artículos que prevén permisos de hasta un tercio de tiempo por un año, en la Ley de Empleo Público

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El Ministerio de Planificación (Mideplán) señaló dificultades para conceder uno de los beneficios que incluye la Ley Marco de Empleo Público, que entró a regir el pasado 10 de marzo, para los funcionarios de todo el Estado.

Se trata de los permisos, con o sin goce de salario, para el cuido de familiares enfermos o con discapacidad.

Esta licencia le permite a los servidores disponer de hasta un tercio de su jornada (unas 12 horas por semana, en la mayoría de los casos) para cuidar a sus familiares durante un máximo de un año.

De acuerdo con los artículos 39 y 40 de la ley, existen dos tipos de permiso: uno con goce y otro sin goce de salario. Ambos aplican por la misma cantidad de tiempo, en el mismo plazo, para el cuido de parientes de hasta segundo grado de consanguinidad.

En el caso del permiso con goce de salario, el artículo 39 justifica la licencia para cuidar a pacientes con “discapacidad o por razones de enfermedad terminal o accidente”.

Por otro lado, el artículo 40, que permite la licencia sin goce de salario, lo establece para el cuido de pacientes con “discapacidad en situación de dependencia funcional o por razones de enfermedad terminal o accidente grave”.

“Los artículos 39 y 40 de la ley no establecen cuál sería el criterio objetivo para diferenciar un permiso remunerado de uno no remunerado”, señaló el Mideplán.

El problema de estos artículos, casi idénticos, es que no se define a cuál permiso pueden acceder primero los servidores públicos o si se puede recurrir a ambos a la vez.

De acuerdo con el Mideplán, por ahora lo que corresponde es que los supervisores laborales, en cada institución, determinen cuál es el permiso más conveniente para el funcionario que lo solicite.

Este tipo de permiso es una de las novedades que contiene la Ley de Empleo Público. Aunque algunas convenciones colectivas o reglamentos de trabajo lo incorporan, ahora se aplica para todo el sector público y concede un mayor beneficio que otras normativas.

Cambios para el futuro

El reglamento de la ley tampoco contempló los criterios de aplicación, porque dicha normativa “no puede ir más de la ley, sobre todo cuando hay ambigüedades que solo se pueden corregir por medio reforma legal”, expuso el Ministerio de Planificación.

Es por eso que este será uno de los aspectos que se podrá enmendar en una futura reforma de la ley que ya fue anunciada por el Poder Ejecutivo.