Magistrados descartan vicios en trámite legislativo de reforma de empleo

Diputados habían cuestionado decisión del expresidente legislativo, Eduardo Cruickshank, quien agrupó 98 mociones de reiteración por ser similares. El mecanismo no violó la Constitución

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Por unanimidad, la Sala Constitucional descartó vicios de procedimiento en el trámite legislativo del proyecto de ley de empleo público, tal y como lo alegaron 15 diputados.

“No se encuentran vicios de procedimiento sustanciales”, dice la resolución dada a conocer por el tribunal constitucional a las 11:46 p. m. de este sábado, al responder las consultas planteadas por los legisladores.

El 17 de junio, la Asamblea Legislativa aprobó en primer debate, con 32 votos a favor y 15 en contra, el plan de ley.

La queja de los 15 congresistas fue puntual con respecto al proceso seguido durante la discusión.

Cuestionaron una resolución que emitió en marzo el entonces presidente legislativo, Eduardo Cruickshank, quien, con el objetivo de agilizar la discusión de 352 mociones de reiteración presentadas por los congresistas, agrupó 98 por considerarlas similares.

Así, se votaron por bloques, lo cual, simplificó el trámite de esas 98.

Esta decisión provocó, en ese momento, una fuerte reacción de diputados opuestos al proyecto de ley: Wálter Muñoz (Integración Nacional), Paola Vega y Welmer Ramos (Acción Ciudadana) y José María Villalta (Frente Amplio).

La respuesta del Directorio Legislativo fue que el presidente legislativo tiene la potestad de hacer acumulaciones, en virtud de que el inciso 4) del artículo 27 del reglamento de la Asamblea le permite dirigir el debate parlamentario y ajustar sus actuaciones dentro del bloque de legalidad.

En su resolución de este sábado, la Sala IV también declaró “inevacuable” la consulta de constitucionalidad presentada por la Corte Plena.

El 30 de junio, por primera vez en la historia, 20 magistrados aprobaron utilizar el mecanismo legal que les permite plantear objeciones sobre un proyecto en trámite en la Asamblea Legislativa, como es el de empleo público.

La Corte Plena cuestionó ante los siete magistrados constitucionales diferentes artículos del plan que, según ellos, generarían una relación vertical entre el Ministerio de Planificación, como ente rector del empleo público, y la Dirección de Gestión Humana de ese poder.

Además, consultaron supuestas violaciones a la independencia judicial, por cuanto alegan que la reforma dejaría en manos de Planificación la definición de las directrices para contratar a los jueces y a los agentes de la Policía Judicial, por ejemplo.