Ley Marco de Empleo Público entra en vigencia: estos son los efectos inmediatos y los pendientes

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La Ley Marco de Empleo Público entró a regir este viernes 10 de marzo sin que se hayan definido las nuevas escalas del salario global y con una fuga de entidades que buscan evitar la regulación del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplán) sobre los puestos comunes.

De inmediato, le explicamoslos los efectos inmediatos de la entrada en vigor y los temas pendientes de esta reforma, la cual supone un cambio de paradigma en las relaciones laborales del Estado.

¿Qué es el salario global?

La legislación ordena fijar un salario único para cada puesto laboral, en sustitución del esquema de salario base más pluses. Al nuevo sistema se le denomina salario global y es obligatorio para las nuevas contrataciones.

En cuanto a los funcionarios actuales, serán trasladados paulatinamente.

- ¿Por qué aún no existen las escalas de salario global?

El Mideplán no incluyó los sueldos globales, ni la metodología de cálculo, en la propuesta de reglamento que sacó a consulta pública.

La cartera comunicó que publicará las escalas “de manera paulatina y vía resolución, en su sitio web”.

La ministra de Planificación, Laura Fernández, dijo que las columnas de salario global no fueron sometidas consulta con el reglamento por ser un asunto técnico y que la Ley General de la Administración contempla las resoluciones. “Pero sí se realizará la divulgación correspondiente”, indicó, sin precisar fecha.

En el caso de otros poderes del Estado y las instituciones autónomas, tampoco han divulgado sus metodologías de cálculo ni las escalas para sus puestos esenciales.

- ¿Cuánto tiempo tienen las instituciones para definir metodologías y escalas?

Se establece un plazo de seis meses, contados a partir del 10 de marzo, para que se publiquen de forma definitiva.

- ¿Qué regula el Mideplán?

El Mideplán regulará los salarios del Poder Ejecutivo, los órganos desconcentrados e instituciones descentralizadas que carezcan de autonomía o independencia constitucional.

Además, según sentenció la Sala IV, puede regular los puestos comunes de todo el Estado, incluso de los poderes independientes y las entidades con autonomía constitucional.

- ¿Cuál es la polémica de los puestos comunes?

La Sala IV estableció que las instituciones con autonomía deben decidir cuáles son los puestos excluyentes y exclusivos para ejercer su potestad condicional y cuáles son los puestos auxiliares, es decir, aquellos cargos comunes con el resto del Estado. Tal es el caso de informáticos, contadores, proveedores, choferes o secretarios, por citar ejemplos.

Tienen esa potestad de autorregulación los poderes Legislativo y Judicial, así como el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), las universidades públicas, Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y las municipalidades.

Sin embargo, hasta el lunes 6 de marzo, 31 instituciones habían declarado que todos sus puestos son “exclusivos y excluyentes”, con el fin de no aplicar el salario global que dicte el Mideplán.

Esto crea el riesgo de que se mantenga la disparidad salarial en el Estado para puestos comunes.

- ¿Hay instituciones excluidas de la ley?

Solo las empresas públicas en competencia y el Cuerpo de Bomberos.

- ¿Qué salario regirá para las nuevas contrataciones ante la falta de una escala salarial global?

La propuesta de reglamento puesta consulta pública por Mideplán plantea que las instituciones implementen un salario global transitorio que estaría integrado por el salario base actual de cada puesto más incentivos salariales, menos el plus de anualidad.

La propuesta dice que esa remuneración transitoria estará vigente desde la entrada en vigor de la ley hasta que se emitan las nuevas columnas de salario global.

- ¿Qué instituciones aplicarán el salario global de transición?

- Las instituciones del Poder Ejecutivo, según confirmó Mideplán. La Universidad de Costa Rica (UCR) también conformó que implementará el transitorio y la CCSS también lo estudia.

Empleados actuales
- ¿Cómo transitarán los funcionarios actuales hacia el salario global?

- Quienes devenguen un salario mayor al que les correspondería en su categoría de salario global, verán congelados los incrementos tanto en la base como en los incentivos, incluidas las anualidades.

Una vez que el monto del salario global de cada categoría alcance el salario de estos servidores, serán trasladados de manera automática, al mes siguiente, al nuevo esquema.

A ningún funcionario actual la ley se le rebajaría el salario.

Sí recibirían aumentos por costo de vida en el caso de que la deuda pública baje del 60% del producto interno bruto (PIB), pues hoy esos ajustes están congelados como medida extraordinaria ordenada por la regla fiscal.

- En tanto, quienes devenguen un salario menor al del salario global, continuarán recibiendo su misma remuneración y podrán recibir los incrementos por anualidades. Este es un monto extra que los funcionarios actuales perciben por cada año laborado en el esquema de salario compuesto.

Cuando el sueldo de estos funcionarios equipare al salario global de su categoría, entonces serán trasladados de forma automática al nuevo sistema.

- ¿Cuándo empieza a regir la transición?

Mideplán informó que a partir de este viernes 10 de marzo. El parámetro para medir si un salario compuesto queda por debajo o por encima del global, será el salario global transitorio que apliquen las instituciones.

- ¿La ley entrará a regir sin un reglamento?

No. Mideplán informó de que se publicará este viernes 10 de marzo con la entrada en vigencia de la ley.

- ¿Cuándo rige la evaluación de desempeño contemplada en la ley?

Las nuevas reglas en esta materia entrarán a regir a partir del 2024, de acuerdo con Planificación. Para ello, los lineamientos serán emitidos por esta cartera en setiembre próximo.

La evaluación de desempeño permitirá el despido inmediato y sin responsabilidad patronal si un funcionario recibe dos calificaciones consecutivas, en firme, inferiores al 70%.

“Dicha calificación deberá ser debidamente justificada por la jefatura inmediata que la asigne y por la autoridad jerárquica que la confirme, en caso de haber sido recurrida”, dice la ley.

Las calificaciones anuales también servirá de parámetro para ascensos, promociones y capacitaciones.

La ley dicta que la evaluación se fundamentará en indicadores cuantitativos de cumplimiento de metas individuales de productos y servicios prestados.

Un 80% de la calificación anual se realizará sobre el cumplimiento de las metas anuales definidas para cada funcionario, y un 20% será responsabilidad de la jefatura o superior que evaluará el rendimiento según las competencias del puesto.

- ¿Qué otras reformas entran a regir a partir del 10 de marzo?

La licencia de paternidad, la cláusula de conciencia y las restricciones en la negociación de convenciones colectivas.