Informe rechaza proyecto de seguridad del gobierno por considerarlo inconstitucional

Informe presentado a la Comisión de Seguridad advierte sobre inconstitucionalidades de la propuesta del Gobierno, al violentar principio de presunción inocencia. Diputados se fundamentaron en criterios del Ministerio Público y Servicios Técnicos.

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Por considerarlo inconstitucional, un informe de subcomisión de la Comisión de Seguridad de la Asamblea Legislativa recomendó rechazar el proyecto de ley del gobierno que introduciría cambios a la hora de que los jueces decidan sobre prisión preventiva, libertad condicional y medidas cautelares.

El informe sobre el expediente 23.692 se fundamenta en criterios del Ministerio Público y del departamento de Servicios Técnicos del Congreso.

El documento fue suscrito por los diputados Horacio Alvarado, de la Unidad Social Cristiana (PUSC); Priscilla Vindas, del Frente Amplio, y Dinorah Barquero, de Liberación Nacional (PLN).

Los parlamentarios concluyeron que las reformas son inconstitucionales y contradicen el ordenamiento jurídico del país, el cual se encuentra regido por el principio de presunción inocencia.

En el informe, expusieron que no se puede anticipar que una persona representa un peligro social, sin que esto constituya la imposición de una sanción anticipada.

El proyecto introduciría una circunstancia más entre las que concurren para que un juez dicte prisión preventiva a una persona que es imputada por un delito.

La circunstancia consiste en que el sospechoso “represente un peligro para la sociedad”, y se agregaría mediante un inciso e al artículo 239 del Código Procesal Penal.

De acuerdo con la propuesta, una persona imputada podría ser calificada por un juez, como peligro para la sociedad, si utilizó armas de fuego o armas blanca en un delito, o bien, si cuenta con monitoreo electrónico o vínculos con organizaciones criminales.

Igualmente, se tendría que contemplar la gravedad del delito que se le achaca a la persona, la cantidad de hechos criminales que le son endilgados, si la actividad ilegal se pena con prisión y la proclividad a cometer delitos dolosos.

En su informe, la Fiscalía concluyó que “no es posible únicamente que, por la peligrosidad de una persona, se elimine la posibilidad de aplicar medidas cautelares sustitutivas y tener como única alternativa la prisión preventiva”.

“Es importante resaltar que la prisión preventiva tiene un fin procesal (garantizar los fines del proceso), y no se trata de una pena anticipada”, agregó.

Igualmente se pronunció el Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa.

“Desde el punto de vista constitucional, la obligatoriedad de imponer una prisión preventiva, atenta contra el principio de presunción de inocencia, dado que, tal como se indicó antes, la prisión preventiva es una medida cautelar que debe aplicarse en los casos estrictamente necesarios”, advirtió.

El análisis de la Asamblea Legislativa recordó que la prisión preventiva es la medida cautelar más grave que puede ser decretada dentro de un proceso penal, debido a que supone privar de libertad a una persona que aún no ha recibido una sentencia condenatoria en firme.

“De ahí que las causales que habilitan su aplicación, así como la resolución que la ordena, deben estar plenamente justificadas para esta medida que debe ser excepcional”, explica.

La iniciativa es una de las cinco propuestas de ley en materia de seguridad, que presentó en abril el gobierno del presidente Rodrigo Chaves y sobre las cuales el mandatario ha presionado a los diputados para su aprobación.

Cambios aumentarían población penitenciaria

Los diputados de la subcomisión aseguran que, de avanzar los cambios que propone el proyecto, se generaría “un aumento considerable” de la población penitenciaria, ya que propiciarían un mayor uso del sistema penitenciario.

Señalan que esto se traduciría en un mayor hacinamiento penitenciario, “por lo que el Estado estará en la obligación de proveer mayores recursos económicos para enfrentar ese aumento en la población privada de libertad; de lo contrario, se expone a condenas nacionales o internacionales por no garantizar las condiciones mínimas de vida (...)”.

Sobre el arresto domiciliario

La propuesta de ley plantea que las personas condenadas a prisión solo puedan recibir arresto domiciliario con monitoreo electrónico, si el delito que cometieron tiene un tope de cuatro años de pena, en vez de los seis actuales.

El proyecto agrega modalidades y delitos en los cuales no sería procedente esta figura como el uso de armas blancas en la comisión del delito o cuando la condena sea por tráfico de drogas, legitimación de capitales o financiamiento al terrorismo.

“Así las cosas, solo podrán ser susceptibles de este tipo de sanción, aquellas personas que hayan sido condenadas por delitos considerados no graves”, explica la iniciativa.

Al respecto, Servicios Técnicos criticó que hay una gran cantidad de delitos que tienen una pena mínima de cuatro años de prisión o más, de manera que serían muchos los casos en los que se impediría una medida cautelar no privativa de libertad.

El expediente legislativo también contempla una reforma en cuanto al otorgamiento de la libertad condicional, al decir que no sería otorgada cuando el privado de libertad descuente una condena por crimen organizado, delitos sexuales contra menores de edad o que se hayan utilizado armas, y que tampoco haya incumplido anteriormente las condiciones de arresto domiciliario con monitoreo electrónico.

La medida, además, sería revocada cuando el reo incumpla la localización permanente con mecanismo electrónico.

Pendiente discusión en la Comisión

La Comisión de Seguridad y Narcotráfico aún debe discutir y votar el informe elaborado por los tres diputados, ya que el documento se presentó minutos antes de que iniciara la sesión de este jueves.

Esta situación generó que los diputados de gobierno, Alexander Barrantes y Jorge Antonio Rojas, del Partido Progreso Social Democrático (PPSD, solicitaran no avanzar con la discusión el proyecto, ya que no conocían el informe y también porque la ministra de la presidencia, Natalia Díaz, había solicitado una reunión para conversar con la subcomisión.

La presidenta de la Comisión, Gloria Navas, del Partido Nueva República (PNR), confirmó que, un día antes, recibió una llamada de Quintana, indicándole el interés de sostener un espacio con la subcomisión, para conversar sobre la propuesta del Ejecutivo.

Agregó que la jerarca tenía conocimiento del informe y la recomendación de archivar el texto.

“Me indicó que, se le había dicho, de que se iba a archivar ese proyecto. Ahora, ¿cómo se dio cuenta ella, si se iba o no a archivar? lo desconozco. Para mí fue sorpresivo eso, porque yo no había conocido todavía el informe de subcomisión”, relató Navas.

Asimismo, la legisladora dijo que recibió información de magistrados de que se les estaba convocando, de parte del Poder Ejecutivo, para una reunión el lunes con el objetivo de discutir el proyecto.