Funcionaria municipal se autorizó a sí misma ¢26 millones en horas extra

Jefa de Servicios Financieros de Garabito se aprobó transferencias de hasta ¢2,6 millones; ella y el alcalde fueron sancionados por la Contraloría

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Meryselvy Mora Flores, coordinadora de Servicios Financieros de la Municipalidad de Garabito, autorizó en su favor el pago de ¢26 millones en horas extra, los cuales fueron girados por ella misma desde las arcas municipales hasta sus propias cuentas, según reveló la Contraloría General de la República (CGR).

La investigación comprobó que los pagos por horas extraordinarias se habrían realizado entre el 1.° de enero de 2018 y el 28 de febrero de 2020. Los registros encontrados por la CGR revelaron que Mora transfirió el dinero por medio de la plataforma Internet Banking.

En una bitácora de pagos girados por este motivo a la funcionaria, el ente contralor encontró que los depósitos se realizaban mensualmente. Los montos iban desde los ¢38.000 hasta los ¢2,6 millones, siendo esta la suma más alta que ella recibió por este concepto.

Según consta en el expediente del procedimiento administrativo N.° CGR-PA-2021006438, la Contraloría solicitó una suspensión de 15 días sin goce salarial contra Mora, a quien le achacó responsabilidad administrativa por culpa grave. La sanción es vinculante y quedó en firme en diciembre de 2023.

El tiempo extraordinario habría sido calculado luego de superadas las ocho horas diarias laborales, hasta un máximo de 12. En el caso de la funcionaria, al ser la coordinadora y no contar con fiscalización superior inmediata, hubo una aparente violación al Código de Trabajo.

La Nación buscó conocer la versión de Mora. y se le envió una consulta mediante la oficina de prensa del municipio. Sin embargo, la funcionaria informó que no se referiría al tema.

Según el ente contralor, aquellos funcionarios que trabajen sin fiscalización superior inmediata no están sujetos a jornada de trabajo y, en caso de que laboren más de ocho horas diarias, pero menos de 12, no es procedente el pago por concepto de horas extras, salvo que el funcionario trabaje más de 12 horas cada día.

El pago de horas extraordinarias a funcionarios en cargos de coordinadores también estaba prohibido por el municipio, según indicó el oficio T.H. 267-2018, redactado en octubre del 2018 por la dirección de Talento Humano del ayuntamiento. El documento señaló las normas a seguir en la municipalidad para el pago de tiempo extra, pues carecían de un reglamento para regularlo.

Pese a esto, Mora Flores realizó la supuesta gestión, inclusión y autorización del pago de su tiempo extraordinario. La asignación del costo de sus horas extra, así como el recuento, también estuvo a cargo de la funcionaria.

En algunos casos, incluso se asignó para sí misma el pago de horas extras acumuladas de meses anteriores, ya que aparentemente ese tiempo extraordinario habría quedado fuera de los montos mensuales depositados en periodos anteriores, por lo que recurrió a sumar la totalidad de tiempo que, según sus registros, se le debía y lo descontó de los fondos municipales después.

Un ejemplo ocurrió el 25 de noviembre de 2019, cuando por medio de la transferencia 4206, la Municipalidad de Garabito transfirió a Mora un monto de ¢2,6 millones. En su reporte la funcionaria detalló que la suma correspondía a 13,50 horas extras de mayo, 62 horas de junio, 37,5 de julio, 44 horas de agosto y 11,5 de setiembre.

Sin embargo, en mayo de ese año, Mora ya había autorizado el giro de ¢1,1 millones por este concepto; en junio, se depositó ¢981.720; en julio se pagó ¢593.785 y en agosto ¢696.705. De esta forma, las horas extra de la funcionaria para esos cuatro meses costaron al municipio un total de ¢6 millones.

Horas extras de otros funcionarios

La funcionaria también realizó un aparente pago irregular de horas extra a funcionarios para que se encargaran de la organización de los carnavales del 2019. Para sufragar esos costos, no se contaba con autorización presupuestaria, lo que llevó al gobierno local a tomar dinero de la partida de indemnizaciones.

Entre siete funcionarios, incluida Mora, se incurrió en el pago de 483 horas para organizar el carnaval, lo cual fue refutado por el órgano contralor ya que la partida que sufragó los gastos no estaba habilitada para el fin dado por la coordinadora financiera del gobierno local.

“En particular, interesa destacar que el total de horas extras pagadas fueron de 483,5 a 7 funcionarios, que en perspectiva corresponden a más de sesenta días hábiles con una jornada de 8 horas, equivalente a tres meses naturales. Por lo tanto, pretender que se trató de un simple problema de cálculo de las horas de trabajo necesarias para la realización del carnaval resulta inaceptable, e igualmente no justifica el haber realizado el pago con recursos de una subpartida que no correspondía”, dijo la CGR.

Tobías Murillo Rodríguez, el actual alcalde de Garabito, Puntarenas, fue sancionado por la Contraloría General de la República (CGR) con una suspensión de ocho días sin goce salarial, debido a que el municipio realizó un aparente pago irregular de horas extra a funcionarios para que se encargaran de la organización de los carnavales.

La sentencia final contra Murillo fue dictada por el órgano contralor en diciembre de 2023, donde se le encontró responsable, ya que, como máximo jerarca administrativo municipal, tenía la obligación de verificar el origen de los recursos correspondientes para el pago de horas extras y debía advertir la improcedencia de realizar estos pagos bajo la subpartida de indemnizaciones.

“El alcalde debió detectar que el pago de jornada extraordinaria no podía realizarse con cargo a la partida de indemnizaciones, cuya imposibilidad está expresamente establecida en el ordenamiento aplicable (artículo 5, inciso f) de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos y 112 del Código Municipal)”, concluyó la CGR.