Escogidos magistrados que resolverán acciones sobre pensiones del Poder Judicial

Tres magistrados suplentes integrarán el tribunal, en el caso de las pensiones del Poder Judicial, luego de que Paul Rueda, Anamari Garro e Ingrid Hess se inhibieron

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La Sala Constitucional anunció la conformación del tribunal que resolverá dos acciones de inconstitucionalidad presentadas contra la reforma a las pensiones del Poder Judicial, aprobada en el 2018.

El grupo de jueces estará conformado por cuatro magistrados propietarios, Fernando Castillo, Fernando Cruz, Luis Fernando Salazar y Jorge Araya, a los que se sumarán tres suplentes, Alejandro Delgado, Aracelly Pacheco y Ana María Picado.

Según explicó la Sala IV, los tres suplentes fueron seleccionados mediante sorteo, luego de que los titulares Paul Rueda, Anamari Garro e Ingrid Hess se inhibieron, debido a que la reforma a la ley de pensiones del Poder Judicial les afecta a ellos o a algún allegado.

En el sorteo para elegir a sus sustitutos, no participaron magistrados suplentes que se inhibieron.

Este grupo de altos jueces deberá conocer las acciones de inconstitucionalidad sobre el transitorio VI de la Ley de Reforma del Régimen de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial, Ley No. 9544.

Dicha norma estableció un plazo de 18 meses, una vez publicado el cambio legal en el Diario Oficial La Gaceta, para conservar el derecho de jubilarse bajo las condiciones anteriores, que eran más favorables. Los recurrentes cuestionaron la constitucionalidad de ese plazo.

Previo a la reforma del 2018, los trabajadores se podían acoger a la jubilación anticipada a los 55 años. Además, el monto de la pensión era equivalente al 100% de los últimos 24 salarios, y no existía tope en la cuantía de jubilación.

En contraste, la ley aprobada estableció la edad de jubilación de las mujeres a los 60 años y la de los hombres a los 62 años. Asimismo, la cuantía de la pensión ahora es el equivalente al 82% de los últimos 240 sueldos; y se estableció un tope máximo igual a 10 salarios de la remuneración más baja del Poder Judicial, es decir, ¢4,6 millones.

En una audiencia pública realizada el pasado 5 de octubre, los magistrados escucharon los argumentos de los empleados judiciales que presentaron la acción de inconstitucionalidad número 19-024589-0007-CO, así como los de la Procuraduría General de la República (PGR), la Asamblea Legislativa, la Junta Administradora del régimen de pensiones y dirigentes sindicales.

Asimismo, el Tribunal solicitó la opinión de actuarios de la Universidad de Costa Rica (UCR) para brindar un criterio técnico sobre el posible efecto en la solvencia del fondo después de la sentencia, que de hallar inconstitucional el transitorio, permitiría condiciones de jubilación más beneficiosas.

Las acciones N°19-024589-OOO7-CO y N°22- 014613-OOO7-CO se discutirán el próximo 13 de diciembre a partir de las 9 a. m.