Errores frenan proyecto que suspendería cárcel por pensión alimentaria

Plan evitaría que el deudor de pensión sea detenido si consigue empleo, pero los diputados señalan yerros y consideran que sería ‘irresponsable’ aprobarlo así

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Los diputados de la Comisión Legislativa de Asuntos Sociales buscan alternativas para enmendar el proyecto de ley que suspendería la orden de detención o el encarcelamiento de una persona por pensión alimentaria, si encuentra un empleo.

Johana Obando, diputada del Partido Liberal Progresista (PLP), admite que el espíritu del proyecto es loable. Sin embargo, afirma que “la redacción es deficiente y sería irresponsable presentarlo en el plenario con un dictamen afirmativo”.

Como defecto, citó que el texto habla de suspender el apremio corporal, un concepto que, para la legisladora, eliminaría por completo el arresto o la orden de detención, cuando lo que se pretende es aplicar una medida temporal.

Varias mociones de la diputada Priscila Vindas, del Frente Amplio, pretendían utilizar el concepto interrupción. La diputada Obando cree que ese tampoco es el concepto adecuado.

Obando también señaló que el proyecto plantea convenios entre los ministerios de Justicia y Trabajo para buscar empleo a las personas deudoras de pensiones alimentarias, pero no le otorga contenido presupuestario.

Otra deficiencia, dijo, es que se le solicita a la persona demostrar que tiene empleo, pero no establece parámetros para comprobarlo.

Además, la última reforma al Código de Familia, que entrara en vigencia en octubre del próximo año, ya establece un plazo de un mes para que la persona busque empleo con tal de que tenga ingresos para ponerse al día con sus obligaciones, sostuvo la diputada del PLP. Su despacho cree que el otro proyecto podría generar una antinomia.

Las mociones de la legisladora Vindas, agregó Obando, no subsanaban esos errores.

Vindas, por su parte, sostiene que también se debe establecer el pago retroactivo de la deuda cuando el obligado encuentre empleo, y asegurarse de que el beneficiario se acogió a la medida porque antes había vivido una situación de desempleo real.

El plan fue presentado en el periodo legislativo anterior por el entonces diputado fabricista Harllan Hoepelman, de Nueva República (PNR).

¿De vuelta a comisión?

La iniciativa superó el pasado miércoles 15 de febrero la segunda y última etapa de revisión en dicha comisión, sin que se le hicieran cambios de fondo o se dejara claro si su contenido ya está incorporado en la legislación vigente.

Superada esta etapa, el texto pasará al plenario. Sin embargo, la presidenta de la Comisión de Sociales, la liberacionista Andrea Álvarez, indicó que una de las alternativas que “estamos conversando es devolverlo a comisión”.

Vindas añadió: “Estamos evaluando dentro de la comisión cuál sería la mejor ruta dado que el proyecto tiene problemas de redacción importantes”.

David Segura, diputado de Nueva República (PNR), bancada que impulsa la iniciativa, dijo que su partido está anuente a que se discutan cambios al texto, incluso en el plenario, previo a la votación en primer debate.

Añadió que tampoco se niega a que sea regresado a comisión para que se vuelva a discutir por el fondo. Para cualquiera de las dos posibilidades, se requiere del aval de 38 legisladores del plenario.

El proyecto busca que el obligado, estando en libertad, pueda cumplir con sus responsabilidades alimentarias para con sus hijos.

Establecería que, si la persona no ha sido arrestada, el juzgado correspondiente dejaría sin efecto la orden de detención por impago de pensión, en un plazo no mayor a cinco días hábiles, en caso de que demuestre la contratación por cualquier empleador.

También ordenaría liberar al obligado, si se encuentra detenido, siempre que demuestre que encontró trabajo por medios propios o a través de convenios con los ministerios de Trabajo y Justicia.

Luego, un juez dictaría un embargo automático al salario de la persona en proporción correspondiente a la cancelación de la deuda alimentaria previamente fijada. El beneficiado permanecerá libre siempre que demuestre el cumplimiento de sus obligaciones.