Diputados excluyen a empleadas legislativas del reglamento contra violencia política

Cinco fracciones acogieron propuesta de Carolina Delgado bajo el argumento de que asesoras y funcionarias tienen otras vías para denunciar violaciones a sus derechos políticos

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Los diputados aprobaron este jueves el Reglamento de la Asamblea Legislativa Contra la Violencia a las Mujeres en Política, con una versión que excluye de su protección a las asesoras de confianza y funcionarias del Congreso.

El texto, aprobado con 42 votos de forma unánime, se restringe a reglamentar el trámite de las denuncias por violencia política contra legisladoras en ejercicio y legisladoras electas.

Originalmente, las asesoras y funcionarias estaban contempladas en la protección, pero el martes el plenario avaló una moción de texto sustitutivo que las excluyó. La propuesta la presentó la liberacionista Carolina Delgado.

Ese cambio se aprobó con el apoyo de los partidos Liberación Nacional (PLN), Progreso Social Democrático (PPSD), Unidad Social Cristiana (PUSC), Nueva República (PNR) y Liberal Progresista (PLP).

En contra, se pronunciaron los seis diputados del Frente Amplio (FA), así como Luz Mary Alpízar, del PPSD; Gloria Navas, de Nueva República, y la independiente María Marta Padilla.

No obstante, en la votación definitiva del Reglamento, estos últimos congresistas sí dieron sus votos favorables a la nueva norma.

El FA y Luz Mary Alpízar impulsaron otra moción de texto sustitutivo que incluía a todas las mujeres del Congreso que de, una forma u otra, tienen participación o aspiraciones a cargos políticos. No obstante, el planteamiento no prosperó.

El reglamento avalado impone una amonestación ética pública para el legislador o legisladora que incurra en violencia política contra una mujer que participe en política.

Este tipo de violencia se refiere a las conductas que, por razones de género, obstaculicen el ejercicio del cargo de una mujer, o bien, afecten sus derechos a la vida, la integridad personal y los derechos patrimoniales al cercenar sus derechos políticos.

También, incluye perjudicar la reputación de la mujer, así como incurrir en acoso u hostigamiento, violencia física, psicológica, sexual, patrimonial y simbólica.

En el caso de la Asamblea, el Reglamento dice que las denuncias tendrán que presentarse ante el Directorio legislativo, sea por escrito o verbalmente. El plenario asignará los casos a comisiones investigadoras sin participación de la fracción del denunciado.

Cada institución pública debe emitir su propio reglamento.

Acalorada discusión

La discusión encendió las sesiones del plenario durante esta semana porque las frenteamplistas Rocío Alfaro y Sofía Guillén, junto con Luz Mary Alpízar, advirtieron de que la versión acogida reduce la protección que está aprobada en la Ley 20.235, Ley para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la política.

La versión propuesta por Alfaro, Guillén y Alpízar, con ayuda del Frente Parlamentario de Mujeres Diputadas y la Unidad Técnica de Igualdad y Equidad de Género (Utieg), planteaba una cobertura no solo para las mujeres con función de aprobación de leyes, control político y acuerdos legislativos, sino también para las que tienen funciones administrativas conexas.

La versión de Carolina Delgado no incluye a las mujeres que aspiren a un cargo o función pública, pues se restringe a las mujeres elegidas para una diputación o en ejercicio de este cargo.

Para las frenteamplistas y Luz Mary Alpízar, el reglamento aprobado ni siquiera permite que una asesora o funcionaria denuncie por violencia a un diputado o diputada, pues, literalmente, solo describe como denunciantes a los congresistas.

Agregaron que la versión final es apenas un instrumento para protegerse entre diputados y diputadas. Por su parte, la verdiblanca Carolina Delgado alegó que las asesoras y funcionarias tienen otros instrumentos legales para denunciar acoso laboral o sexual, así como el hostigamiento.

Luz Mary Alpízar y las frenteamplistas le recordaron a la liberacionista que el último párrafo del inciso a del artículo 4 de la Ley 10.235 define literalmente que “la violencia contra las mujeres en la política incluye, entre otras, el acoso u hostigamiento, la violencia física, psicológica, sexual, patrimonial y simbólica”.

Adicionalmente, señalaron que la ley establece, en el inciso e) del mismo artículo, que la protección contra la violencia incluye a las personas que ejercen cargos por designación, lo que a juicio de las tres congresistas incluye principalmente a las asesoras de confianza de los despachos legislativos.

“Hay que aprender a separar. Una cosa es violencia política, otra es acoso laboral y otra es acoso sexual. Por Dios, sea el que sea que venga a tocarme a mí, eso es acoso sexual y está regulado en otra norma”, replicó la liberacionista.

Delgado argumentó que la violencia política “no pasa porque un diputado me toque las nalgas o me toque las tetas, como dirían por ahí, porque sí ha sucedido, o porque se las toque a una asesora o no; esa es otra legislación”.

La diputada alegó que, si ella tiene un problema con un funcionario o funcionaria, la pueden acusar de acoso laboral y eso no constituye violencia política. Adujo que el Reglamento es solo para personas que están ejerciendo un cargo o que aspiran a un cargo, y son militantes de un partido.

Buena parte de las asesoras y funcionarias del Congreso han aspirado a cargos de elección popular e, incluso, son militantes de los partidos que están representados en el plenario.

Los diputados incumplieron la norma legal que ellos mismos establecieron en la Ley 10.235, que les daba un plazo de un año a las instituciones, en cuenta la Asamblea, para reglamentar la norma. Ese plazo se cumplió en abril del año pasado.

En medio del debate, el lunes, la diputada Luz Mary Alpízar denunció que ha recibido constantes críticas y violencia política de parte de la jefa de su fracción, Pilar Cisneros.