Diputados eliminan multa para patronos en plan contra discriminación salarial a mujeres

También, se prescindió de obligación para empleadores; moción del Liberal Progresista fue aprobada por 29 diputados

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Los diputados modificaron el proyecto de ley que busca prohibir la discriminación salarial hacia las mujeres, de manera que los patronos ya no estarían obligados a reportar al Ministerio de Trabajo, cada seis meses, los salarios que pagan sus empleados y la distribución entre géneros. Además, se eliminó la multa en caso de comprobarse una discriminación remunerativa basada en género.

La modificación fue avalada por 29 legisladores de los partidos Liberal Progresista (PLP), Liberación Nacional (PLN), Unidad Social Cristiana (PUSC), Nueva República (PNR) y Progreso Social Democrático (PPSD); mientras que 18 estuvieron en contra, principalmente del Frente Amplio, PLN y una de PPSD.

En lugar de establecer que los patronos deben reportar los datos salariales entre hombres y mujeres, la nueva redacción establece que el Ministerio de Trabajo es el obligado a comprobar si existe una diferencia remunerativa por cuestiones de género en una empresa.

El patrono solo quedaría obligado a entregar la información si esta institución se la pide.

La moción aprobada fue impulsada por el PLP junto con las firmas de Kattia Rivera, jefa del Partido Liberación Nacional (PLN), y Pilar Cisneros, de Progreso Social Democrático (PPSD).

El objetivo de esta iniciativa de ley es eliminar las diferencias de salarios entre hombres y mujeres cuando ejercen el mismo trabajo o labores de igual valor.

El plan original fijaba una sanción de hasta ¢3,6 millones a ¢5 millones cuando el Ministerio comprobara una “situación de discriminación remunerativa basada en género, contra una o más personas trabajadoras”. Además, se ordena “compensar a las personas discriminadas con la diferencia remunerativa dejada de percibir durante la totalidad del período en que se dio esta discriminación”.

No obstante, el artículo que establecía esas sanciones se eliminó.

En su lugar, se propuso que, en caso de encontrarse discriminación, se deberá seguir el proceso en sede judicial y se testimoniarán piezas ante la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el Instituto Nacional de Seguros (INS) para que reclamen las sumas dejadas de percibir por cuotas sociales y seguros.

El proceso de ajuste

El plan de la exdiputada Franggi Nicolás había sido aprobado en primer debate el 29 de agosto del 2022. No obstante, los diputados aprobaron retrotraer la iniciativa al trámite de primer debate, para enmendar partes del texto.

En plenario, la moción para eliminar el requisito de reportar salarios fue impulsada por el PLP.

El jefe del Liberal Progresista, Eliécer Feinzaig, adujo que esa obligación significaba “una serie de trámites engorrosos” que encarecen, para los empresarios, el acto de generar empleo en el país.

El liberal acusó a la fracción del Frente Amplio de crear esos trámites engorrosos para los empresarios, aunque el requisito del informe semestral sobre los salarios existía tanto en el proyecto original como en el dictamen aprobado por la Comisión de la Mujer de la Asamblea Legislativa.

Los frenteamplistas proponían cambiar, mediante otra moción, la periodicidad del informe, pues el proyecto tal como fue dictaminado planteaba que el informe fuera semestral, y la moción del Frente Amplio exigía que fuera un informe anual. Esa propuesta fue rechazada.

Eliminan sanciones

El proyecto, tanto en su versión original como en la propuesta del FA, castigaba a las empresas que no presentaran el informe sobre la equidad salarial de sus empleados.

Esas multas y sanciones también fueron eliminadas con la moción propuesta por el PLP y aprobada por una mayoría del plenario.

“En caso de que el patrono incumpla con esta obligación, no presentando el informe o presentándolo de manera tardía, será sancionado con la multa prevista en el inciso 1 del artículo 398 del Código de Trabajo”, proponía el dictamen del expediente 21.170.

Esa sanción iba de uno a tres salarios base de un oficinista 1 del manual de puestos del Presupuesto Nacional, es decir, de ¢462.000 a ¢1.386.000.

En caso de que el patrono enviara información falsa o alterada en ese informe, la Dirección de Inspección General del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social habría tenido la obligación de denunciarlo al Ministerio Público.

La moción aprobada también establece que el MTSS y el Instituto Nacional de la Mujer (Inamu) estarán obligados a definir y promocionar los mecanismos para que los trabajadores denuncien discriminación remunerativa.

La aprobación de la moción mencionada no estuvo exenta de polémica en el plenario, pues hubo choque de posiciones entre el PLP y el FA, tanto así que Sofía Guillén, subjefa frenteamplista, reclamó respeto de parte de Feinzaig, pues luego de una intervención de ella, el diputado aseguró que ella estaba haciendo el ridículo.

Rocío Alfaro alegó que, ante la protección hacia los empresarios que ella siente que significa la propuesta del PLP, el proyecto establece mayores complicaciones para las trabajadoras y básicamente evitará que las personas denuncien.

“Se había pensado votar este proyecto de ley para esta fecha por hacer un honor a las mujeres de este país y, por el contrario, las está poniendo en riesgo, por poner una cuestión que es en contra de los derechos de las mujeres, más bien para favorecer a los patronos, para impedir las sanciones, impedir que tengan que dar informes”, enfatizó la congresista.

Ahora, ya aprobada la modificación, el proyecto se envió a consulta del Poder Judicial y a publicación en el diario oficial, La Gaceta, antes de que se ponga a debate final y aprobación en el plenario.