Diputados aseguran derechos a usuarios de servicios de salud mental

Ley Nacional de Salud Mental busca responder a una población ‘históricamente invisibilizada’ y amplía instituciones obligadas a promover una verdadera salud mental comunitaria

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Los diputados aprobaron este martes, en segundo debate, el Proyecto de Ley Nacional de Salud Mental, expediente 22.430, iniciativa que busca asegurar los derechos de los usuarios de los servicios de salud mental en el país.

Se trata de una ley marco que plantea la ampliación del número de instituciones obligadas a trabajar en la busca de una adecuada atención a las personas que lo requieran, y que también fortalece la Secretaría Técnica de Salud Mental, con un órgano técnico de apoyo integrado por personas de distintos gremios.

La iniciativa fue presentada por la exdiputada independiente Paola Vega y recibió un fuerte impulso de parte de la congresista Andrea Álvarez, del Partido Liberación Nacional (PLN).

El expediente 22.430 recibió el voto unánime afirmativo de los 44 congresistas presentes en el plenario.

“Esta ley viene a dar respuesta a esta población, históricamente invisibilizada”, puntualizó Álvarez.

La legisladora enfatizó en que la salud mental se debe ver más allá de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y el Ministerio de Salud, porque también se incluye a instituciones como el Patronato Nacional de la Infancia (PANI), los ministerios de Cultura, Educación y Justicia, el Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación (Icoder), así como los gobiernos locales.

“Esta ley tiene un foco amplio, para una verdadera salud comunitaria”, agregó.

Parte fundamental del proyecto es el establecimiento de una serie de derechos de las personas usuarias de servicios de salud mental, para evitar que los derechos de estas personas sigan siendo violentados.

Algunos de esos derechos son:

-Recibir atención digna y humanizada, con acceso local e igualitario a prestaciones e insumos necesarios.

-Conocer y preservar su identidad, grupos de pertenencia, genealogía e historia.

-Recibir una atención integral basada en la evidencia científica y las buenas prácticas clínicas, ajustadas a principios éticos.

-Recibir valoración médica completa y adecuada, para analizar la presencia y la causa de trastornos mentales.

-Recibir la opción terapéutica más conveniente según la condición que presente, que menos restrinja sus derechos y libertades, promoviendo la integración familiar, laboral y comunitaria.

-Recibir acompañamiento antes, durante y luego del tratamiento, por familiares o a quien el paciente designe de acuerdo con su estado de salud.

-Recibir o rechazar asistencia o auxilio espiritual o religioso, según se ajuste a sus convicciones.

-Derecho a que un abogado, un familiar o allegado acceda a su expediente clínico.

-Rechazar cualquier tratamiento que la persona considere perjudicial, siempre y cuanto esté en pleno uso de sus facultades mentales y sea certificado de esa manera por un especialista en Psiquiatría.

-Tomar, por sí mismo o con participación de familiares, allegados o su garante, decisiones relacionadas con su atención y tratamiento.

-No ser objeto de investigaciones científicas ni tratamientos experimentales sin un consentimiento informado fehaciente.

-Que no se consideren los padecimientos mentales como estados inmodificables, a menos de que se trate de patologías refractarias o degenerativas.

-No ser sometido a trabajos forzados o explotación económica.

-Confidencialidad de la información que les concierne sobre su trastorno y tratamiento, siempre que su vida no esté en riesgo y la información sea necesaria para salvar su vida.

Adicionalmente a los derechos garantizados con dicha ley, se puntualizan las responsabilidades que tienen las instancias que brindan la atención en salud mental, para el cumplimiento de cada uno de esos derechos.

Adicionalmente, se puntualiza la responsabilidad del Estado para garantizar el cumplimiento de los derechos de las personas usuarias de los servicios de salud mental, las que tienen trastornos mentales y del comportamiento, así como la obligación de realizar campañas para promover la salud mental.

Aprobado crédito para combatir el cambio climático

Adicionalmente, los diputados aprobaron en su segundo debate el crédito del Fondo Monetario Internacional (FMI) para mitigación de los efectos del cambio climático en la economía costarricense, que le da acceso a Costa Rica a aproximadamente $739 millones (554,1 millones de derechos especiales de giro, DEG).

El objetivo de ese financiamiento, el primero de su especie que otorga el Fondo a un Estado, es apoyar al país en las políticas de prevención y mitigación de los efectos del cambio climático.

Dicho préstamo, a través del Ministerio de Hacienda, tiene un plazo de 20 años, con un periodo de gracia de 10,5 años y un plazo para desembolsos de hasta 20,5 meses.

La tasa de interés acordada es de un 3,77%, con una comisión del 0,5% sobre el monto de cada desembolso.