Créditos gota a gota conllevarían hasta 15 años de cárcel

Legisladores dictaminan proyecto con fuertes penas contra los gota a gota y las prácticas coercitivas

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Los diputados impulsan un incremento en las penas para quienes se dedican a los préstamos gota a gota. Las sanciones alcanzarían los 15 años en el caso de que el delito sea cometido por bandas del crimen organizado.

Estos préstamos informales, conocidos por sus tasas de interés exorbitantes, suelen ser recuperados mediante intimidación y violencia. Un proyecto de ley, dictaminado positivamente por la Comisión de Seguridad y Narcotráfico, propone varias reformas en este campo.

Actualmente, el artículo 243 del Código Penal sanciona con prisión de seis meses a dos años, o multas de 20 a 80 días, a quienes otorguen préstamos con usura, un componente común de los créditos gota a gota. En esta propuesta, los diputados establecerían que la pena oscilaría de dos a cuatro años de prisión y eliminarían las multas.

Esta represión carcelaria se aplicaría cuando, aprovechándose de la necesidad económica, la pobreza o situaciones de calamidad social, se induzca a otros a otorgar ventajas pecuniarias claramente desproporcionadas con las condiciones del préstamo o se les obligue a proporcionar garantías de manera extorsiva.

El proyecto elevaría la pena de tres a cinco años de prisión cuando el delito sea cometido por prestamistas informales.

Por otro lado, mediante un artículo 243 bis en el Código Penal, se fijaría una sanción base de cinco a diez años de prisión para quienes otorguen préstamos con tasas de interés desproporcionadamente altas, superiores a las tasas legales o del mercado financiero, según la redacción.

Esta penalización se aplicaría cuando se observen resultados económicos desfavorables tanto en los pagos puntuales como en situaciones de retraso, y cuando haya razones para creer que el prestatario ha aceptado las condiciones abusivas debido a su situación difícil, falta de experiencia o desconocimiento sobre la naturaleza abusiva del préstamo.

La pena prevista se aumentaría en un tercio si hay coacción, amenazas psicológicas, violencia u otras tácticas ilegales que causen daño a la propiedad privada o difamen al prestatario, situaciones frecuentes en los créditos gota a gota.

En casos que involucren a adultos mayores o mujeres, la pena se agravaría en un tercio adicional.

Adicionalmente, si al cobrar el préstamo gota a gota, se utilizan amenazas psicológicas o se causan lesiones a familiares o personas vinculadas al prestatario mediante coacción, amenazas, violencia u otras prácticas ilegales, la pena se incrementaría en una mitad adicional.

En situaciones donde el delito sea perpetrado por una estructura de crimen organizado, la pena propuesta se elevaría a un rango de ocho a 15 años de prisión.

La figura del crédito gota a gota

Gloria Navas, presidenta de la comisión y proponente del proyecto, aclaró que, en relación al artículo 243, solo se modificaría la penalidad para el delito de usura.

Navas destacó la novedad del artículo 243 bis propuesto, ya que detalla el delito de crédito gota a gota, proporcionando elementos descriptivos para que la Policía Judicial, el fiscal y el juez puedan identificar y procesar casos relacionados con estos préstamos.

Además, el artículo aborda condiciones agravantes dirigidas tanto al sujeto pasivo como a terceros afectados (familiares, compañeros, conocidos).

Con esta explicación coincidió el liberacionista Gilbert Jiménez, otro de los proponentes.