Devolución de dinero por unos zapatos dañados o ejecutar la garantía de una lavadora sería más rápida

Proyecto de ley aceleraría ejecución de sanciones contra comercios que incumplen normas de consumo

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La ejecución de sanciones administrativas contra comercios castigados por la Comisión Nacional del Consumidor (CNC), por infringir normas en materia de consumo, podría durar días en lugar de varios años como suele ocurrir en la actualidad.

Una reforma parcial a la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor que se encuentra en la etapa de aprobación definitiva en el Congreso, plantea varias alternativas para darle celeridad a este proceso.

En primer lugar, otorgaría un plazo de 10 días hábiles al negocio para cumplir con las resoluciones sancionatorias dictadas por la CNC. De no hacerlo, cuando se trate de multa económica, el cliente afectado podría acudir ante la Procuraduría General de la República (CGR) para ejecutarla a su favor.

En esa instancia el afectado puede ser parte de proceso monitorio que sirve para reclamar el pago de deudas dinerarias de forma rápida y sencilla. Para ello, la CNC constituirá la multa en título ejecutivo que el afectado puede hacer valer ante la PGR, algo así como cambiar un cheque a su favor.

El reclamo al comercio a través de un proceso monitorio ya la contempla la legislación vigente, pero el pago de multas solo favorecen al Estado. La idea de la iniciativa es que el cliente afectado pueda reclamar lo que le corresponde.

En tanto, cuando las sentencias contengan órdenes de entrega de un producto, reparación o sustituir un bien a su favor, las personas consumidoras tendrán los efectos de cosa juzgada material y podrán acudir en vía judicial para ejecutar la sentencia por medio de un proceso civil.

Así, la devolución del dinero por la compra de un par de zapatos dañados, la entrega de un par nuevo que sustituyan los dañados o la ejecución de garantías por la compra de un celular o una lavadora, podría durar días o semanas, en vez de años.

Trámite prolongado actual

Bajo la legislación actual, la persona consumidora podría esperar hasta seis años para ver resuelto su reclamo. Una sanción administrativa en la CNC, ente adscrito del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), puede durar hasta tres años. Si el comercio incumple con la resolución, el afectado puede recurrir por la vía penal para que un tribunal sancione al negocio por desobediencia a la autoridad.

Este trámite podría demorar hasta tres años si el sistema judicial, hoy saturado, teniendo en trámite casos más complejos, le da curso a la denuncia, por lo que prolonga la agonía del consumidor por ver resuelto su caso.

El proyecto de ley también plantea que, cuando la Comisión suspenda las ventas a plazos como bienes inmuebles, apartamentos y casas, y la prestación futura de servicios tales como las ventas de clubes de viaje, en el mismo acto deberá declarar la ejecución de las garantías rendidas a favor del MEIC.

Cuando eso ocurra, el MEIC deberá establecer el orden y la forma en que procede la ejecución.

Con estos cambios, el proyecto “busca lograr una mayor eficacia para el consumidor respecto de la debida ejecución de los actos administrativos finales emitidos por la Comisión Nacional del Consumidor”, dice la justificación del texto.

“Y es que hemos identificado la necesidad de dotar de fuerza ejecutiva a los actos que emite el órgano decisor, de manera tal que, si en sede administrativa el denunciado incumple la orden, esta pueda ser ejecutada en la vía judicial por medio de un proceso monitorio o de ejecución de sentencia, dependiendo cual sea el caso.

”Lo anterior, debido a que, en la actualidad, las órdenes emanadas por la Comisión Nacional del Consumidor a favor de los consumidores tienen un nivel de cumplimiento cada vez más bajo, debiéndose recurrir a la denuncia ante el Ministerio Publico para que se proceda a abrir un expediente penal por el delito de desobediencia a la autoridad pública. Nótese que este trámite resulta sumamente engorroso, le resta ejecutoriedad y peso a las resoluciones de la Comisión en sede administrativa y genera pérdida de confianza del administrado en la función de protección del consumidor que debe brindar el Estado”, añade la justificación.

Los ajustes de la reforma no se quedan ahí. Ampliaría de dos meses a un año el plazo, desde que ocurrió el hecho, para presentar la denuncia, excepto en los hechos continuados, en cuyo caso, el plazo comienza a correr a partir del último hecho.

Establecería, al mismo tiempo, un plazo de cuatro años para la reclamar la nulidad de cláusulas abusivas y solicitar el resarcimiento por daños y perjuicios en contratos a plazo, entre otros cambios que plantea el texto que hace mayor uso de la oralidad e introduce mayor uso de la tecnología para agilizar procesos.

El proyecto de ley presentado por la entonces diputada liberacionista Yorleny León, en conjunto con el MEIC, quedó aprobado en primer debate por el anterior Congreso. Fue convocado a las sesiones extraordinarias, días atrás, por el Poder Ejecutivo.

Este martes 14 de junio el plenario decidió enviarlo a consulta obligada con las instituciones, previo a ser sometido a discusión de segundo debate.