Costa Rica ofrece a CIDH posible arreglo en aborto terapéutico

Organismo en Washington recibe ofrecimiento estatal de acuerdo amistoso

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El Estado de Costa Rica planteó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos la posibilidad de un acuerdo amistoso en dos casos presentados contra el país por no aplicar el aborto terapéutico contenido en la ley.

El ofrecimiento lo hizo la Cancillería de Costa Rica en una nota enviada al organismo en Washington, el pasado 5 de mayo, sobre los casos de dos mujeres, conocidas como “A. N.” y “Aurora”, que se vieron obligadas a parir y ver morir a sus hijos casi de manera inmediata por enfermedades advertidas desde meses atrás.

“Hemos expresado la voluntad del Estado de valorar un acuerdo amistoso, que la CIDH interceda con las presuntas víctimas”, declaró la directora jurídica de la Cancillería, Gioconda Ubeda.

Las presuntas víctimas no han sido notificadas sobre esta posibilidad, ni tampoco las organizaciones que les dan asesoría jurídica, dijo la abogada Larissa Arroyo, vocera de la Colectiva Derecho a Decidir, quien lo interpreta como una eventual buena señal para ellas.

“No quiero ser explícita y no hemos recibido comunicación formal, pero definitivamente, en otros casos, el plantear un arreglo amistoso ha significado una muestra de reconocimiento de la responsabilidad del Estado”, comentó Arroyo.

Según A. N. y Aurora, el Estado violó sus derechos humanos al negarles la aplicación del aborto terapéutico, a pesar de que está permitido por el artículo 121 del Código Penal.

“No es punible el aborto practicado con consentimiento de la mujer por un médico o por una obstétrica autorizada, cuando no hubiere sido posible la intervención del primero, si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y este no ha podido ser evitado por otros medios”, dice la ley, que carece de un protocolo de aplicación claro.

Ubeda, quien habla en nombre del Estado, advirtió de que, en este caso, “la norma existe y hay que crear los protocolos”.

“La institución debe asegurarse de que se aplique el aborto terapéutico cuando se cumplan los requisitos, más allá de la posibilidad de que un médico particular se acoja a la objeción de conciencia”, añadió Ubeda.

Eso fue lo que ocurrió en el caso de Aurora. Pese a que los médicos diagnosticaron en el feto una enfermedad mortal llamada “síndrome abdomen pared”, estos prefirieron no aplicar el aborto terapéutico, con el argumento de que la salud de la madre no estaba siendo afectada por ese embarazo fallido.

“Si hay un médico que haga objeción de conciencia, la institución (Caja Costarricense de Seguro Social) está obligada a buscar la manera. En este caso, lo que queremos es tener más información, que las supuestas víctimas nos den acceso a sus expedientes, que son confidenciales”.

Arroyo adelantó que esperarán a ser notificadas y a conocer las respuestas de las demandantes. “Debemos ver si se sentirían satisfechas con esto. Lo que ellas no quieren es que otra mujer sufra lo que ellas pasaron”, añadió.